Boletín nº 242 (23-12-2013)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villanueva del Rey
Nº. 10.331/2013
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo adoptado por el Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 13 de noviembre de 2013, sobre el Expediente 6/2013 de modificación de créditos del Presupuesto en vigor en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de distinto grupo de función, que se hace público resumido por capítulos:
Altas en aplicaciones de gastos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
1 |
221.00 |
Energía eléctrica |
6.000,00 |
9 |
227.06 |
Trabajos realizados por otras empresas |
10.200,00 |
TOTAL GASTOS |
16.200,00 |
Baja en aplicaciones de gastos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
0 |
913.00 |
Amortización préstamo fuera S.P. |
1.700,00 |
3 |
131.02 |
Técnico Deportivo |
4.000,00 |
3 |
131.03 |
Retribuciones Auxiliar Consultorio Médico |
8.600,00 |
4 |
770.00 |
Subvención a empresas Polígono Industrial |
1.900,00 |
TOTAL GASTOS |
16.200,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Villanueva del Rey a 16 de diciembre de 2013. El Alcalde, Fdo. Pedro Barba Paz.