Boletín nº 243 (24-12-2013)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cañete de las Torres

Nº. 10.418/2013

No habiéndose formulado reclamación alguna contra el expediente de modificación de Ordenanzas Fiscales para el ejercicio 2014, aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 10 de octubre de 2013 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 202, de fecha 22 de octubre de 2013, se entiende definitivamente aprobado el acuerdo adoptado conforme a lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, pudiéndose interponer contra los mismos Recurso Contencioso-Administrativo a partir de la publicación de este anuncio en el B.O.P., en la forma y plazo que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

A continuación se insertan los textos íntegros de las modificaciones de la Ordenanza Fiscal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, antes citado:

ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA:

Art. 7. Cuotas

1. La cuota íntegra de este impuesto seré el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen único del 10%.

2. Bonificación. Conforme al artículo 108.4 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, en los supuestos de transmisiones de terrenos por causa de muerte a favor de los descendientes, adoptados, cónyuges y los ascendientes y adoptantes, se aplica una bonificación del 25% sobre la cuota íntegra.

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DE EDIFICIOS MUNICIPALES

Se modifica el artículo 3º. Cuota Tributaria, punto 2º, en el que se añade:

- Actos civiles en edificios municipales: 100,00 €.

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR DOCUMENTOS QUE EXPIDAN LAS ADMINISTRACIONES O AUTORIZACIONES LOCALES A INSTANCIA DE PARTE

Se modifica el artículo 7º en su epígrafe:

· Epígrafe II punto 5: Tramitación expediente matrimonio civil: 50,00 €.

· Epígrafe VI, punto 5, Tramitación de expedientes administrativos de alteraciones catastrales de naturaleza rústica (segregaciones, agrupaciones): 20,00 €.

6. ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR CEMENTERIO:

Se modifica el artículo 6. Cuota tributaria, epígrafe 5º:

Inhumaciones, exhumaciones y traslados, por cada acto por separado realizado dentro del mismo cementerio o con procedencia de éste o de otro Cementerio, se cobrará:

A) En panteones. 150,00 €.

B) En nichos. 150,00 €.

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO RESIDENCIA DE LA TERCERA EDAD

En el Artículo 6º, se añade:

- Servicio de estimulación cognitiva de 9 a 14 horas (transporte ida y vuelta incluido): 30,00 €.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Cañete de las Torres, 29 de noviembre de 2013.- Firmado electrónicamente: El Alcalde, Félix Romero Carrillo.

Aviso jurídico

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