Boletín nº 244 (26-12-2013)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Puente Genil

Nº. 10.121/2013

De conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por medio del presente anuncio, que habrá de ser expuesto en el Tablón de Edictos del Ilustre Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, se efectúa la notificación que a continuación se transcribe, a Olpisa, S.L., ya que las anteriores notificaciones se intentaron llevar a efecto en PJ Carmen, de 14920 Aguilar de la Frontera (Córdoba), último domicilio conocido, sin que su práctica haya resultado posible.

Texto de la notificación: Por la Sra. Concejala Delegada de Infraestructuras y Servicios Básicos (Decreto de Delegación de 22/06/2.011) se ha dictado en el día de hoy la siguiente:

RESOLUCIÓN: Transcurrido el plazo concedido a Olpisa, S.L., según Providencia de fecha 18/09/2013, para que manifestara por escrito cuanto considerase necesario en defensa de su derecho, en relación con el estado del vallado del solar sito en calle Contralmirante Delgado Parejo, número 10, de Puente Genil, sin que haya formulado alegación alguna.

Visto el informe emitido por el Sr. Arquitecto Municipal, de fecha 27/11/2013, en el que se pone de manifiesto que no se han llevado a cabo ninguno de los trabajos indicados en el informe emitido por dicho técnico con fecha 05/09/2013.

Por el presente HE RESUELTO:

1º. Ordenar a Olpisa, S.L., la ejecución de las siguientes obras:

- Rehacer el vallado de la fachada del solar.

Las cercas serán de tipo estanco, bien con fábrica de ladrillo, fábrica de bloque de hormigón o paneles metálicos, apoyados sobre elementos verticales de sujeción, quedando prohibida, las cercas de mallazo o similares. En general, cualquier material utilizado en su construcción deberá reunir las siguientes condiciones:

a) Impedir la visión al interior de la obra.

b) Impedir el acceso a personas ajenas a la obra.

c) Proteger a los que transitan por el lugar.

d) Deberán tener un mínimo de 2,50 metros de altura.

Disponer de puerta de acceso para la limpieza del solar.

- Cortar el cartel publicitario en desuso.

Todas estas obras se ejecutarán conforme al artículo 158 de la LOUA, adoptándose siempre las medidas de seguridad adecuadas en una obra, asimismo se deberá adjuntar documento técnico suscrito por técnico competente que acredita la estabilidad de la cerca.

2º. Conceder al interesado un plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de recibo de la notificación de la presente Resolución, para comenzar las obras ordenadas en el punto anterior, debiendo concluirlas en un plazo de cuatro días, asimismo deberá comunicar por escrito a este Ayuntamiento la realización de las mismas.

3º. Comunicar al interesado que el presupuesto estimado de las obras es de 650 euros.

4º. Advertir al interesado que transcurrido dicho plazo sin haber llevado a cabo lo ordenado en el punto 1º, se procederá a la ejecución subsidiaria por la Administración Municipal, a su cargo, en ejecución sustitutoria, con reintegro de los gastos, en su caso, por la vía de apremio, de conformidad con lo establecido en los artículos 96, 97 y 98 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 158.2b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía; o bien a la imposición de multas coercitivas con periodicidad mínima mensual, por valor máximo cada una de ellas del 10% del coste estimado de las obras ordenadas, y de no efectuarse se realizarán por la Administración Municipal, a su cargo, en ejecución sustitutoria, conforme a lo expuesto anteriormente.

La anterior notificación se hace pública mediante el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la ley 30/1992 de 26 de Noviembre.

Puente Genil, 2 de diciembre de 2013.La Secretaria General, Fdo. Carmen López Prieto.

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