Boletín nº 245 (27-12-2013)

IV. Junta de Andalucia

Consejería de Fomento y Vivienda
Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Córdoba

Nº. 10.053/2013

Intentada sin efecto notificación de Laudo a la entidad Logitrans S.L., que tenía su anterior domicilio en Avenida Torre de la Vila, número 1, 3 apartado correos 173, 8830-Sant Boi de Llobregat (Barcelona), se publica el presente Edicto a los efectos establecidos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992:

Que la Junta Arbitral de Transporte celebró sesión el día 15/10/2013, para conocer de la reclamación formulada por Cotraluc S.C.A contra Logitrans S.L. por impago de portes, dictando el siguiente laudo

Expediente CO-114/2013-JAT: Declarar la procedencia de la reclamación, fijándose en 613,3 euros la cantidad que Logitrans S.L. debe abonar a Cotraluc S.C.A., en concepto de pago de portes.

El punto 8 de artículo 9 del Real Decreto 1211/1990, por el que se aprueba el Reglamento de la ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, dispone que los Laudos tendrán los efectos previstos en la legislación general de arbitraje, cabiendo contra ellos Recurso de Anulación y de Revisión por las causas específicas previstas en ésta. Transcurridos veinte días desde que fuera dictado el laudo podrá obtenerse su ejecución forzosa ante el Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, siendo en tal caso aplicables, asimismo, las previsiones de la legislación general de arbitraje.

En Córdoba, a 3 de diciembre de 2013. Firmado electrónicamente por el Presidente, Miguel Ángel Plata Rosales.

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