Boletín nº 247 (30-12-2013)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Montilla
Nº. 10.404/2013
Aprobado el Expediente Modificación Ordenanzas Fiscales 2014, en sesión plenaria celebrada el día 06/11/2013. Publicado acuerdo provisional sin que se hayan presentado reclamaciones, se entiende aprobado definitivamente, publicándose el texto íntegro de las modificaciones:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS
Modificación del texto de los artículos 1.1., 3.2 y 5.1 y 3, así como actualización del cuadro anexo de precios modulados, quedando redactados de la siguiente forma:
Artículo 1.1. Constituye el hecho imponible del Impuesta la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija la obtención de la correspondiente licencia previa o acto de control o comprobación de declaración responsable de construcciones, instalaciones y obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia previa o acto de control o comprobación de declaración responsable, o para la que se exija presentación de declaración responsable o comunicación previa, siempre que la expedición de la licencia previa o acto de control o comprobación de declaración responsable o la actividad de control corresponda al Ayuntamiento.
Artículo 3.2. Tienen la consideración de sujetos pasivos sustitutos del contribuyente quienes soliciten las correspondientes licencias previas o actos de control o comprobación de declaración responsable, comunicación previa o realicen las construcciones, instalaciones u obras.
Artículo 5.1. El impuesto se devengará desde el momento en que se inicie la construcción, instalación u obra, aun cuando la misma no disponga de la preceptiva licencia previa o acto de control de declaración responsable o comunicación previa.
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Artículo 5.3. En casos de ampliaciones de obra o en que, con ocasión de la primera ocupación o realización de comprobaciones por los técnicos municipales competentes se observen importantes diferencias entre la obra inicialmente solicitada y para la que se concedió licencia y la realmente ejecutada, se establece la posibilidad de revisar la liquidación provisional realizada, practicándose nueva liquidación provisional.
- Actualización del cuadro anexo de precios modulados de las distintas tipologías edificatorias, quedando redactado de la siguiente manera:
ANEXO: MÉTODO PARA EL CÁLCULO SIMPLIFICADO DE LOS PRESUPUESTOS ESTIMATIVOS DE EJECUCIÓN MATERIAL DE LOS DISTINTOS TIPOS DE OBRAS PARA LA DETERMINACION DE LA BASE IMPONIBLE |
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A. RESIDENCIAL |
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CUADRO CARACTERÍSTICO |
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DENOMINACIÓN |
NUCLEOS |
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1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
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UNIFAMILIAR |
A1 |
ENTRE MEDIANERAS |
TIPOLOGIA POPULAR (CTP) |
410 |
446 |
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A2 |
TIPOLOGIA URBANA |
464 |
500 |
535 |
571 |
607 |