Boletín nº 7 (13-01-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Espejo
Nº. 38/2014
Don Francisco Antonio Medina Raso, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Espejo hace saber:
Que al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario de fecha 31 de octubre de 2013 de Aprobación Inicial de la Modificación de la Ordenanza Fiscal número 7 y 8 del Ayuntamiento de Espejo, y se inserta a continuación el texto íntegro de los artículos modificados en dichas Ordenanzas:
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 7 REGULADORA DE LA TASA POR SERVICIO DE MERCADO
Artículo 6º. Las cuantías de esta tasa serán las siguientes:
Por la Ocupación de Puestos: |
Euros |
Puestos de venta de carne y pescado/día |
1,52 |
Puestos de venta de productos hortofrutícolas/día |
1,06 |
Utilización de Cámaras Frigoríficas: |
|
De carne día |
1,7 |
De pescado y otros productos, día |
1,7 |
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 8 REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO.
Artículo 6º. La cuota a satisfacer por la tasa que se regula en la presente ordenanza, será la que resulte de aplicar las tarifas y cantidades siguientes:
A) Tasa por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terreno de uso público e industrias callejeras y ambulantes, quioscos y sus normas reguladoras.
1. Circos. 300 euros día. Se depositará una fianza de 1.200 euros.
2. Puestos, Casetas de Venta, espectáculos o atracciones o industrias ambulantes:
-Puestos casetas de venta, espectáculos y atracciones, por metro cuadrado o fracción, en Feria 4,10 euros.
-En otras épocas del año por metro cuadrado y día 1,25 euros.
3. Quioscos Fijos: 0,46 euros/metro cuadrado/día.
4. Mercadillo. 5,00 euros/día/puesto.
5. Tratándose de ventas a domicilio, los solicitantes deberán abonar 350 euros al año, cantidad que deberán hacer efectiva antes de retirar de las dependencias municipales la correspondiente licencia.
En Espejo a 27 de diciembre de 2013. La Alcaldesa en Funciones, Fdo. Dª Mª Teresa Crespo Crespo.