Boletín nº 15 (22-01-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Pozoblanco
Nº. 301/2014
No habiéndose formulado reclamación o reparo alguno contra el expediente de modificación de determinadas Ordenanzas Fiscales para el ejercicio 2014, aprobado por este Ayuntamiento, con carácter provisional, en sesión extraordinaria celebrada el día 18 de noviembre de 2013 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº. 223, de fecha 22/11/2013; se entiende definitivamente adoptado el acuerdo, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
A continuación se inserta el texto íntegro de las modificaciones:
IMPUESTOS MUNICIPALES
Sobre Bienes Inmuebles
El artículo 12.2 de la Ordenanza queda modificado como sigue:
El tipo de gravamen, cuando se trate de bienes de naturaleza urbana, será 0,81%.
Sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
Se amplía el artículo 14, bonificaciones en la cuota, con el siguiente punto:
2. Cuando el incremento de valor se manifieste por causa de muerte, respecto de la transmisión de la propiedad de la vivienda habitual del causante, o de la constitución o transmisión de un derecho real de goce limitativo de dominio sobre dicho bien, a favor de descendientes, ascendientes, por naturaleza o adopción, y del cónyuge, la cuota del impuesto se verá bonificada en un 30%.
Pozoblanco, 13 de enero de 2014. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Pablo Carrillo Herrero.