Boletín nº 30 (12-02-2014)
IV. Junta de Andalucia
Consejería de
Economía, Innovación, Ciencia y Empleo
Delegación Territorial en Córdoba
Nº. 9.061/2013
Resolución de la Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía por la que se concede autorización administrativa y aprobación de reforma de proyecto de instalación eléctrica de alta tensión.
Expediente: AT 17/83
Antecedentes:
Primero: La entidad Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., solicita ante esta Delegación Territorial la Aprobación de dos Proyectos bajo la denominación Afección Línea 20 KV D/C Córdoba-Subestación Cruz de Juárez, firmados por técnico competente y visados por Colegio Profesional, relativos a los siguientes aspectos:
- Número afección AENA 330: Desvío variante de línea aérea D/C 20 kV, Córdoba-Muriano, A508453x (ampliación aeropuerto), en polígono 81, parcela 29, del término municipal de Córdoba.
- Número afección AENA 3102: Desvío variante de línea aérea D/C 20 kV Córdoba-Muriano, A505061, N-432, en polígono 81, parcela 13, en Córdoba.
La instalación fue puesta en marcha con fecha 23 de noviembre de 1983, y modificada con posterioridad mediante Resolución de Puesta en servicio de fecha 3 de enero de 2007.
Segundo: En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades y preceptos legales aplicables y en concreto los trámites previstos en el Título VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
Tercero: En este sentido, de acuerdo con el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio en el B.O.P. de Córdoba número 174 de 12 de septiembre de 2013, no produciéndose alegaciones en el plazo señalado al efecto.
Cuarto: Por técnica perteneciente al Departamento de Energía de esta Delegación Territorial, ha sido emitido informe favorable, referente a la Autorización Administrativa y Aprobación de los Proyectos anteriormente citados.
Fundamentos de Derecho
Único: Esta Delegación Territorial es competente para la tramitación y resolución del presente expediente, según lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes, y demás concordantes, de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en relación con el R.D. 4164/82, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo y Decreto 342/2012, de 31 de julio, por la que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 163/2013 de 8 de octubre, así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general ampliación, el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Territorial, propone:
Conceder a Endesa Distribución Eléctrica S.L.U. la Autorización Administrativa y Aprobación de la instalaciones incluidas en dos Proyectos, firmados por técnico competente y visados por Colegio Oficial, relativos a Afección Línea 20 KV D/C Córdoba 2- Naranjo/ Subestación Cruz de Juárez, número afección AENA 3102 y 330 respectivamente, para la construcción de las instalaciones cuyas principales características se describen a continuación:
Número afección AENA 3102: Modificación del trazado y sustitución de apoyos metálicos D/C aéreo-subterráneo con conductores del tipo LA-110 y longitud total de 310 metros, línea subterránea D/C con conductor 18/30 kV y 240 mm² de sección, con una longitud de 470 metros por circuito y derivación aérea con conductor LA-56 para dar servicio al CT38941 Santa Sofía, con longitud 144 metros, situada en Polígono 81, parcela 13, en Córdoba, dividida en los siguientes tramos:
Tramo 1:
- Origen: Apoyo A505062.
- Final: Apoyo D (antiguo A505061).
- Tipo: Aérea.
- Conductor: LA-110.
- Longitud: 222 m.
Tramo 2:
- Origen: entronque subterráneo en Apoyo D.
- Final: Apoyo A.
- Tipo: Subterránea.
- Conductor: 18/30 kV AL 240 mm².
- Longitud: 470 m.
Tramo 3:
- Origen: apoyoA.
- Final: Apoyo A505060.
- Tipo: Aérea.
- Conductor: LA-110.
- Longitud: 88 m.
Derivación línea aérea simple circuito:
- Origen: apoyo A505062.
- Final: apoyo H.
- Tipo: Aérea.
- Conductor: LA-56.
- Longitud: 144 m.
Número afección AENA 330: Reforma línea aérea 20 kV D/C Córdoba 2 - Subestación Cruz de Juárez, Polígono 81, parcela 29, en Córdoba, siendo:
- Origen: Apoyo A505059.
- Final: Apoyo A505057.
- Tipo: Aérea.
- Conductor: LA-110 (94-AL1/22-ST1A).
- Longitud: 603 m.
Esta Autorización y Aprobación se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece y las especiales siguientes:
- Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
- El plazo de puesta en marcha será de 12 meses contados a partir de la presente resolución.
- Esta autorización se otorga sin perjuicio de las demás concesiones o autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables por otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas esta Delegación.
- El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y Resolución de Puesta en Servicio. Se adjuntará a la solicitud certificado de dirección final de obra suscrito por técnico facultativo competente.
- Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
- La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
- En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
Propuesto:
El Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas, Manuel Ángel López Rodríguez.
Vista la anterior propuesta de resolución, esta Delegación Territorial resuelve elevarla a definitiva:
De acuerdo con el artículo 128.3 del Real Decreto 1955/2000, de 1 diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la presente Resolución deberá notificarse al solicitante y a las Administraciones, organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas; en la forma prevista en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndole que la misma no pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma Recurso de Alzada ante el Excmo. Señor Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificació