Boletín nº 34 (18-02-2014)
IV. Junta de Andalucia
Consejería de
Fomento y Vivienda
Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y
Comercio en Córdoba
Nº. 726/2014
Intentada sin efecto notificación de Laudo a la entidad Grupo Aceites El Vizconde S.L., que tenía su anterior domicilio en calle Góngora, 11 1º izquierda, 14008-Córdoba, se publica el presente Edicto a los efectos establecidos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992:
Que la Junta Arbitral del Transporte celebró sesión el día 10/12/2013, para conocer de la reclamación formulada por Antonio Aranda Ruiz contra Grupo Aceites El Vizconde S.L. por impago de portes, dictando el siguiente Laudo.
Expediente CO-141/2013-JAT: Declarar la procedencia de la reclamación, fijándose en 773,66 euros la cantidad que Grupo Aceites El Vizconde S.L. debe abonar a Antonio Aranda Ruiz, en concepto de pago de portes.
El punto 8 del artículo 9 del Real Decreto 1.211/1990, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de ordenación de los Transportes Terrestres, dispone que los Laudos tendrán los efectos previstos en la legislación general de arbitraje, cabiendo contra ellos Recurso de Anulación y de Revisión por las causas específicas previstas en ésta. Transcurridos veinte días desde que fuera dictado el laudo podrá obtenerse su ejecución forzosa ante el Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, siendo en tal caso aplicables, asimismo, las previsiones de la legislación general de arbitraje.
En Córdoba, a 30 de enero de 2014. Firmado electrónicamente por el Presidente, Miguel Ángel Plata Rosales.