Boletín nº 35 (19-02-2014)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de Instrucción Número 7
Córdoba

Nº. 832/2014

Don Antonio García Julia, Secretario del Juzgado de Instrucción Número 7 de Córdoba, doy fe y testimonio:

Que en el Juicio de Faltas número 52/2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Córdoba, a 17 de septiembre de 2013.

Doña María D. Rivas Navarro Magistrada-Juez titular del Juzgado de Instrucción Número Siete de los de esta ciudad y su partido judicial, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa de Juicio de Faltas por daños, registrada bajo número 52/13 y tramitada a instancia de Susana Fernández Paredes, en calidad de denunciante, como representante legal del Hotel AC Córdoba Palacio contra Tito Alberto Veliz Moreira y Germán Efraín Condori Chiri en calidad de denunciados, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal y a tenor de los siguientes:

Fallo

Condeno al denunciado Germán Efraín Condori Chiri como autor de una falta de daños a la pena de treinta días de multa con una cuota diaria de cinco euros, lo que hace un total de ciento cincuenta euros (150,00 €)

Esta cantidad deberá ser satisfecha en el plazo de diez días desde la firmeza de la presente resolución, previniéndole que en caso de no satisfacerla y previa exacción de sus bienes, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad, por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de localización permanente. Todo ello, con expresa condena en costas.

El condenado deberá abonar en concepto de responsabilidad civil al representante legal del Hotel AC Córdoba Palacio la suma de trescientos noventa y dos euros (392,00 €).

Absuelvo al denunciado Tito Alberto Veliz Moreina de la falta por la que venía siendo acusado.

Notifíquese esta resolución a las partes, previniéndoles que contra la misma podrán interponer en este Juzgado Recurso de Apelación, del que conocerá la Audiencia Provincial de Córdoba en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por ésta mi Sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de Sentencia a Tito Alberto Veliz Moreira, actualmente en paradero desconocido y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, expido la presente en Córdoba, a 10 de enero de 2014. El Secretario Judicial, firma ilegible.

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