Boletín nº 39 (25-02-2014)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 884/2014
Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, doy fe y testimonio:
Que en este Juzgado se sigue Ejecución número 365/2013, dimanante de autos número 663/13 AF, en reclamación de cantidad a instancias de Rocío Arjona Garrido contra Empresa "Ana María Muñoz Gutiérrez", habiéndose dictado resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
"S.Sª. Iltma. Dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 5.348,60 euros de principal más 460,16 euros en concepto de interés de demora, 348,52 euros calculados para intereses, 580,87 euros calculados para gastos y costas y las costas en los términos indicados en el FD5 de a sentencia.
Habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones de la deudora que puedan ser objeto de embargo.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.
Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma el Iltmo. Señor Don Antonio Jesús Rodríguez Castilla, Magistrado del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba. Doy fe".
Y para que sirva de notificación en forma a Empresa "Ana María Muñoz Gutiérrez", cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Dado en Córdoba, a 21 de enero de 2014. La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez Valdés Muñoz.