Boletín nº 46 (07-03-2014)

VIII. Otras Entidades

Patronato Provincial de Turismo
Córdoba

Nº. 1.411/2014

Bases de las Pruebas Selectivas para el acceso a Plazas reservadas a Personal Laboral, incluidas en su Oferta de Empleo Público de 2009.

Índice

Base 1ª. Plazas que se convocan y dotación.

Base 2ª. Requisitos de los aspirantes.

Base 3ª. Solicitudes.

Base 4ª. Admisión de los aspirantes.

Base 5ª. Tribunal Calificador.

Base 6ª. Convocatorias y notificaciones.

Base 7ª. Sistema de selección.

Base 8ª. Desarrollo de los ejercicios.

Base 9ª. Calificación de los ejercicios.

Base 10ª. Relación de aprobados, presentación de documentos y contratación.

Base 11ª. Normas finales.

Anexo 1. Plaza de Adjunto/a a Dirección.

Anexo 2. Plaza de Técnico de Marketing y Desarrollo.

Anexo 3. Plaza de Técnico Auxiliar de Producto y Marketing.

Anexo 4. Plaza de Administrativo-Contable.

Anexo 5. Plazas de Auxiliar de Promoción Comercial.

Anexo 6. Plazas de Auxiliar Administrativo.

Anexo 7. Plaza de Auxiliar de Almacén y Servicios Múltiples.

BASE 1ª. Plazas que se convocan y dotación

Es objeto de la presente convocatoria la selección con carácter indefinido, mediante el sistema de concurso-oposición, de distintas plazas vacantes en la plantilla de Personal Laboral de este Patronato, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2009 publicada en BOP de Córdoba número 42 de 5 de marzo de 2009 y BOP número 29 de 16 de febrero de 2010, dotadas con las retribuciones básicas y complementarias recogidas en el presupuesto en vigor.

Dichas plazas son las siguientes:

Anexo

Denominación Plaza

I

Adjuntía a Dirección

1

II

Técnico/a de Marketing y Desarrollo

1

III

Técnico/a Auxiliar de Desarrollo de Producto y Marketing

1

IV

Auxiliar de Promoción Comercial

2

V

Administrativo Contable

1

VI

Auxiliar Administrativo

2

VII

Auxiliar de Almacén y Servicios Múltiples

1

A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación, la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y, en lo no opuesto a ella, la Ley 7/1985 de 2 de abril, la Ley 30/1984 de 2 de agosto, el R.D. Leg. 781/1986, de 18 de abril, el R.D. 896/1991 de 7 de junio; en lo no previsto en las anteriores normas, se aplicará la normativa establecida para el ingreso en la función pública de la Comunidad Autónoma Andaluza, es decir, la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública y el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía; las bases de la presente convocatoria y supletoriamente el R.D. 364/1995 de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso en la Administración del Estado.

BASE 2ª. Requisitos de los aspirantes

Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los requisitos que a continuación se indican, de acuerdo con las condiciones generales de capacidad que para el ingreso al servicio de la Administración Local, establecen las disposiciones legales vigentes:

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo establecido en el artículo 57 de la Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público sobre acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. A tal efecto, las personas seleccionadas deberán someterse al correspondiente reconocimiento médico de la Unidad de Promoción de la Salud y Prevención de Riesgos Laborales de la Diputación Provincial de Córdoba antes de proceder a su contratación.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión de la Titulación Académica señalada en el Anexo respectivo.

Los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el desarrollo de todo el proceso selectivo.

BASE 3ª. Solicitudes

Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas, dirigidas a la Presidencia del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial de Córdoba en horario de lunes a viernes, en horario de 09,00 horas a 13,30 horas, dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE.

Los interesados deberán unir a la solicitud:

a) Fotocopia del DNI en vigor.

b) Fotocopia de la titulación exigida según el respectivo Anexo. En el caso de presentar fotocopia de titulación equivalente, deberá especificarse la norma que acredite la equivalencia.

c) Justificante de haber satisfecho el importe de la por tasa derechos de examen.

d) Relación de méritos alegados y documentación justificativa de los mismos para la fase de concurso.

Las solicitudes también podrán presentarse en cualquiera de las formas que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes presentadas en las Oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en dicho artículo, se presentarán en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el/la funcionario/a de Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de solicitudes. Sólo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro General de la Diputación Provincial en la fecha en que fueron entregadas en la Oficina de Correos.

Los errores de hecho que pudieran advertirse en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

Las personas con discapacidad podrán solicitar las adaptaciones y ajustes razonables de medios y tiempos necesarios para la realización de las pruebas selectivas, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que t

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