Boletín nº 46 (07-03-2014)

VIII. Otras Entidades

Gerencia Municipal de Urbanismo
Córdoba

Nº. 993/2014

Refª. Planeamiento/AJAM 4.2.1 2/2013

El Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba en sesión ordinaria celebrada el día 27 de diciembre de 2013, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar Definitivamente el Proyecto de Bases y Estatutos de la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución del PERI MU-6 del P.G.O.U. de Córdoba, presentados por propietarios que representan más del 50% de la superficie del ámbito.

Segundo. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el B.O.P. así como las modificaciones introducidas en el texto de los Estatutos y Bases de Actuación.

Tercero. Notificar personalmente a los propietarios afectados, y a quienes se hubieran personado en el expediente, requiriendo a los que no lo hubiesen hecho, para que soliciten su incorporación a la Junta de Compensación en el plazo de un mes, contado desde la notificación, con la advertencia de reparcelación forzosa o de expropiación, según proceda.

Cuarto. Requerir a los propietarios que se hubiesen incorporado para que constituyan la Junta de Compensación mediante Escritura Pública, en la que designarán los cargos del Consejo Rector, que habrán de recaer necesariamente en personas físicas.

Quinto. La incorporación de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba a la Junta de Compensación, como titular de los bienes comprendidos en el ámbito de la Unidad de Ejecución, nombrando a su Presidente para que se integre en la misma en defensa de los intereses municipales, y como miembro del Órgano Rector para llevar a cabo las labores de control y fiscalización.

Sexto. Notificar la presente Resolución al promotor y demás interesados en el expediente con indicación de los recursos que procedan.

Córdoba, a 9 de enero de 2014. El Presidente, Fdo. Luis Martín Luna.

Modificaciones realizadas a los Estatutos de la Junta de Compensación del Plan Especial de

Reforma Interior PERI MU-6

En el Artículo 4. Órgano urbanístico bajo cuya tutela actúa, en su punto 2, la letra a) queda redactada de la siguiente manera:

a) Dictaminar favorablemente y someter al órgano competente para que éste, en el plazo de un mes, eleve al Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo u órgano con competencia delegada, propuesta de aprobación de la iniciativa para el establecimiento del sistema de compensación, por contar ya con la adhesión de propietarios que representan más del cincuenta por ciento (50%) de los terrenos afectados. Todo ello, con aprobación inicial los Proyectos de Estatutos y Bases de Actuación que se someterán a información pública a través de la oportuna publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con notificación individual a todos los propietarios afectados otorgándoles el plazo de 20 días durante el cual los propietarios no promotores podrán formular alegaciones y habrán de ejercitar la opción a que se refiere el artículo 129.3 L.O.U.A., con la advertencia a los mismos de que el sistema continuará en régimen de aportación forzosa mediante reparcelación respecto de los propietarios que no efectúen opción alguna dentro del plazo concedido.

En el Artículo 19. Facultades de la Asamblea, en su punto 1, se añade la letra q), que queda redactada como sigue:

q) El traslado de domicilio de la Junta Compensación, tal y como se recoge en el artículo 2.2 de estos Estatutos.

En el Artículo 20. Convocatoria de la Asamblea, el punto 3, queda redactado de la siguiente forma:

3. En la convocatoria deberá figurar el orden del día, así como la hora, lugar y fecha en que ha de celebrarse la primera reunión, y en caso de no haber quórum, la segunda, pudiendo celebrarse ésta con un intervalo de 30 minutos. Las reuniones de la Asamblea General se realizaran preferentemente de lunes a viernes en horario de 8:00 h. a 15:00 h.

En el Artículo 27. Reuniones del Consejo Rector, el punto 2, queda redactado tal y como sigue:

2. La convocatoria la hará el Secretario por carta certificada o telefax con 2 días de antelación a la fecha en la que haya de celebrarse, figurando en la misma, día, hora y lugar así como el correspondiente orden del día. Las reuniones del Consejo Rector se realizaran preferentemente de lunes a viernes en horario de 8:00 h. a 15:00 h.

Modificaciones realizadas a las Bases de la Junta de Compensación del Plan Especial de

Reforma Interior PERI MU-6

En la Base 10ª. Oferta de compensación de costes de urbanización por aprovechamiento, el punto 1 queda redactado de la siguiente manera:

1. Los propietarios no promotores pueden manifestar su voluntad de participar en el sistema mediante la cesión de parte de su aprovechamiento a favor de la Junta en compensación liberatoria de las cargas que le correspondan. El ratio de canje se establece conforme a lo recogido en el Anexo II de las presentes bases, siendo el mismo de un 72'50 %.

En la Base 29ª. Transmisión al Ayuntamiento de terrenos y servicios, el punto 2, queda redactado como sigue:

2. En caso de que el diez por ciento del aprovechamiento de los terrenos urbanizados, no se pueda concretar en terrenos, se solicitará al Ayuntamiento la posibilidad de monetización del mismo. En este supuesto, la monetización se hará efectiva antes de la aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación.

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