Boletín nº 48 (11-03-2014)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 1.230/2014

Don José Cantizani Bujalance, Segundo Teniente de Alcalde de este Excmo. Ayuntamiento, hace saber:

Intentada la práctica de la notificación de los actos administrativos sancionadores por infracción a las correspondientes ordenanzas municipales y otras normativas, no ha quedado constancia de aquella por resultar infructuosa, por lo que, conforme a lo preceptuado en los artículos 58, 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente edicto se notifica a los interesados la Resolución del procedimiento sancionador contra las personas, los hechos y en los términos siguientes:

En uso de la competencia atribuida en materia sancionadora,

Resuelvo:

1º. Imponer multa a la persona, por los hechos, y en los términos que al final se relacionan.

2º. Al amparo de lo legalmente previsto la potestad sancionadora corresponde al Alcalde, quien delega dicha facultad, al amparo de lo previsto en el artículo 43 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en el 2º Teniente de Alcalde, don José Cantizani Bujalance por Decreto de fecha 15.06.11 (BOP número 126 de 04.07.11).

3º. Considerando que en la instrucción del procedimiento se han cumplido los principios establecidos en los artículos 134 a 138 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y se ha seguido lo establecido en el Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora (R.D. 1398/1993, de 4 de agosto), y demás normas de aplicación.

Lo que notifico para su conocimiento y efectos consiguientes significándole que de conformidad con lo establecido en los artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; y 14.2 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por R.D. Leg. 2/2004, de 5 de marzo, contra esta resolución, podrá interponer Recurso de Reposición, ante el Órgano autor de la misma, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a aquél en que reciba la presente notificación.

La interposición del referido recurso tiene carácter de previo a la utilización de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que Vd. estime conveniente.

Expte.

Infractor

Doc.

Identificativo

Infracción

Grado

Sanción

SGC 01/13

Camayo Potosi Oscar Delber

X7481329G

Ley 1/92 Protección y Seguridad Ciudadana art. 26.i.

Leve

  150,00 €

SGC 03/13

Casco Barreto, José Luis

X5549394T

Ley 1/92 Protección y Seguridad Ciudadana art. 26.i.

Leve

  150,00 €

VA 17/13

Cortés Cortés, Pedro

53595152

Ordenanza Venta Ambulante art. 43.2.e.

Grave

1.501,00 €

VA 25/13

Cortés Fraisinos, José

25341438

Ordenanza Venta Ambulante art. 43.3.b.

Muy

Grave

6.002,00 €

VA 14/13

Cortés Maya, Miguel

50623213

Ordenanza Venta Ambulante art. 43.2.b.

Grave

1.501,00 €

VA 04/13

Cortés Vega, Juan

50616392

Ordenanza Venta ambulante art. 43.3.b.

Muy Grave

3.001,00 €

VA 07/13

Fernández Fernández, Juan

30837670

Ordenanza Venta Ambulante art. 43.3.b.

Muy Grave

3.001,00 €

VA 24/13

Fernández Pastor, Salud

74919729

Ordenanza Venta Ambulante art. 43.3.b.

Muy Grave

3.001,00 €

VA 05/13

Fred Anghel Neqc

X4904766Q

Ordenanza Venta Ambulante art. 43.3.b.

Muy Grave

3.001,00 €

VA 22/13

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