Boletín nº 52 (17-03-2014)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 1.395/2014
Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 69/2014, a instancia de la parte actora doña Pilar María Ruiz Pavón contra Fogasa y Todotyre S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
Diligencia de Ordenación de la Secretaria señora doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz.
En Córdoba a 20 de febrero de 2014.
Visto el anterior escrito, y, el estado que mantienen las presentes actuaciones, y, no apareciendo citada en legal forma la empresa demandada Todotyre S.L., al encontrarse el domicilio indicado en demanda cerrado, según consta en autos, e ignorándose, igualmente, por la parte actora, otro domicilio donde citar al demandado, y, consultada la guía telefónica, no constando en la misma, se solicita su número de teléfono a información, y no constando tampoco, y, obtenida información, por este Juzgado, vía telemática, únase ésta a los mismos; practíquense las actuaciones del artículo 156 de la L.E.C.; procédase a su comunicación por medio de edictos, insertando un extracto suficiente en el "Boletín Oficial" correspondiente y en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, y, llévese la inscripción del demandado al Registro Central de Rebeldes Civiles, cumplimentándose el formulario pertinente en la aplicación.
Cítese a la Empresa demandada Todotyre S.L., a los actos conciliación y juicio señalados para el próximo día 3 de septiembre de 2014, a las 9'30 horas de su mañana, sirviendo el presente proveído de citación en forma.
Modo de impugnación: Mediante Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Y para que sirva de notificación a la demandada Todotyre S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 20 de febrero de 2014. La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.