Boletín nº 56 (21-03-2014)
IV. Junta de Andalucia
Consejería de
Economía, Innovación, Ciencia y Empleo
Delegación Territorial en Córdoba
Nº. 1.619/2014
Convenio o Acuerdo: Industrias Panificadoras de Córdoba y su Provincia (antes Fabricantes y Expendedores de Pan)
Expediente: 14/01/0056/2014
Fecha: 06/03/2014
Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación
Destinatario: Antonio Miguel Arroyo Díaz
Código: 14000055011981
Visto el Acuerdo de 4 de marzo de 2014, de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de las Industrias Panificadoras de la Provincia de Córdoba, sobre ampliación de ultraactividad, y de conformidad a lo establecido en el artículo 82,3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 149/2013, de 5 de junio, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación Ciencia y Empleo, y el Decreto 342, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
Acuerda
Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.
Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Córdoba. El Delegado Territorial, Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Córdoba, José Ignacio Expósito Prats.
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LAS INDUSTRIAS PANIFICADORAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
ASISTENTES
Por AFEPANCOR:
Don Aurelio Gómez Llamas
Don José Maria Roldán Prieto
Asesor:
Doña María Dolores Córdoba Mellado
Don Antonio Arroyo Díaz
Por CCOO:
Don Rafael Estévez Garrido
Por UGT:
Don Rafael Garcia Martín
Don Fernando Pedregosa del Moral
Don Carlos Chacón Bancalero
Asesor:
Doña María Trujillo Callealta
Doña Olivia Baena Cobas
En Córdoba, siendo las doce horas del día 4 de marzo de dos mil catorce, se reúnen los señores relacionados al margen, miembros de la Comisión Negociadora Convenio Colectivo de las Industrias Panificadoras de la provincia de Córdoba, en la sede del SERCLA en Córdoba.
Abierta la sesión, se procede por las partes a analizar la situación en que se encuentra el proceso de negociación del convenio, una vez finalizó la vigencia del convenio, tras la denuncia del mismo por la parte social, se acordó la ampliación de la ultractividad del mismo hasta el día 1 de noviembre de 2013, posteriormente hasta el 1 de diciembre de 2013 y después hasta el 28 de febrero de 2014.
Asimismo teniendo ambas partes buena fe y voluntad negociadora, se analiza por las partes la incidencia negativa que tendría la finalización del plazo de ultractividad del Convenio Colectivo de las Industrias Panificadoras de la provincia de Córdoba.
Por lo expuesto
ACUERDAN:
1º. Ampliar el plazo de ultractividad del Convenio Colectivo de las Industrias Panificadoras de la provincia de Córdoba a los efectos previstos en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 3/2012 de 6 de julio de Medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, hasta el 17 de marzo de 2014, salvo que con anterioridad a esta fecha se firme el nuevo convenio colectivo, quedando por tanto hasta tal fecha vigentes las cláusulas normativas del convenio colectivo de Industrias Panificadoras de la provincia de Córdoba para los años 2006-2009.
2°. Facultar a don Antonio Arroyo Díaz, para que proceda al registro telemático de este acta y de los acuerdos plasmados en la misma, ante la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por concluida la reunión, siendo las doce horas del día arriba indicado.
POR AFEPANCOR. POR CCOO. POR UGT. Varias firmas ilegibles.