Boletín nº 57 (24-03-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 1.629/2014
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a publicar la Encomienda de Gestión Propuesta por la Gerencia Municipal de Urbanismo a la Dirección General de Recursos Humanos y Salud Laboral del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en materia de Recursos Humanos de la Gerencia Municipal de Urbanismo, aprobada mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de marzo de 2014, en turno de urgencias, con el tenor literal siguiente:
Número 135/14. Administración de Personal. Moción del Sr. Concejal-Delegado de Recursos Humanos y Comercio, de Encomienda de Gestión Propuesta por La Gerencia Municipal de Urbanismo a la Dirección General de Recursos Humanos y Salud Laboral del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en Materia de Recursos Humanos de la Gerencia Municipal de Urbanismo.
Primero. Actividad cuya gestión se encomienda por La Gerencia de Urbanismo al Ayuntamiento:
Colaborar, cooperar y asistir al Gerente de Urbanismo, en las tareas de dirección, coordinación, supervisión y control, de las actuaciones que se pretenden llevar a cabo, al objeto de conseguir como objetivo final, la regularización de los instrumentos relativos a la reordenación de los recursos humanos existentes en la misma y que se concretan en las actuaciones siguientes:
" Equiparación de las tablas salariales contenidas en el Convenio Colectivo y Acuerdo de Funcionarios de la Gerencia de Urbanismo con las del Ayuntamiento de Córdoba.
" Colaboración en la elaboración de un Organigrama adecuado a las necesidades de la Gerencia y en realización de una nueva RPT en consonancia con la RPT de la Entidad Matriz.
" Realización de convocatorias públicas para la provisión de puestos de forma definitiva.
" Convocatorias de consolidación de empleo de las plazas dotadas presupuestariamente y que se encuentran desempeñadas interina o temporalmente con anterioridad al 1 de enero de 2005, así como la realización de ofertas y convocatorias ordinarias posteriores a esta fecha.
" Redacción de las bases de convocatoria y actuaciones inherentes a tales procesos selectivos hasta la total conclusión de los mismos.
Segundo. Plazo de vigencia:
Un año desde la firma del Acuerdo, prorrogable por otro, por mutuo acuerdo de las partes.
Tercero. Naturaleza y alcance de la gestión encomendada:
" El Ayuntamiento de Córdoba realizará las actividades objeto de este acuerdo ante la carencia de medios humanos y técnicos idóneos del organismo proponente, en este momento y en ejercicio de las facultades de tutela que como ente matriz le corresponden.
La titularidad de la competencia sigue siendo de la Gerencia de Urbanismo, dictando cuantos actos o resoluciones den soporte o en los que se integren las concretas actuaciones objeto de la encomienda que realice el Ayuntamiento de Córdoba.
El Ayuntamiento se compromete a destinar los recursos humanos y materiales suficientes para el eficaz desarrollo de las actividades encomendadas.
La Gerencia de Urbanismo deberá poner a disposición de la Dirección General de Recursos Humanos y Salud Laboral, el personal técnico y administrativo necesario para materializar y colaborar en las tareas de apoyo que se consideren imprescindibles para conseguir el objetivo final de la encomienda.
Asimismo, la Gerencia deberá disponer de la dotación económica necesaria para los gastos derivados de las distintas publicaciones en los boletines oficiales necesarios tanto de las ofertas de empleo como de las distintas convocatorias, así como de las indemnizaciones por razón del servicio de los tribunales y gratificaciones del personal auxiliar que colabore en estos procesos selectivos, en caso necesario.
Lo que se publica a los efectos oportunos.
Córdoba, a 6 de marzo de 2014. Firmado electrónicamente por la Directora General de Recursos Humanos y Salud Laboral, Antonia Luisa Sola Navas.