Boletín nº 60 (27-03-2014)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de Primera
Instancia Número 7
Córdoba
Nº. 1.300/2014
Cédula de notificación
En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 106/2012, seguido en el Juzgado de Primera Instancia Número 7 de Córdoba, a instancia de BBK Bank Cajasur S.A.U. contra María Josefa del Rey de Lara, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la Sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
Sentencia número 29/2014
En Córdoba, a catorce de febrero de dos mil catorce.
Vistos por el Ilmo. Sr. D Antonio Javier Pérez Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Número 7 de los de esta ciudad, los Autos de Juicio Verbal seguidos en este Juzgado y registrados bajo el número 106/2012 D, a instancias de BBK Bank Cajasur S.A.U., representada por la Procuradora doña María José de Luque Escribano y asistida por la Letrada doña Inmaculada Rodríguez Villalobos contra doña María Josefa del Rey de Lara, declarada en rebeldía, y atendiendo a los siguientes:
Fallo
Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta a instancias de BBK Bank Cajasur S.A.U. contra doña María Josefa del Rey de Lara, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de dos mil trescientos diecisiete euros con cincuenta céntimos (2.317,50), más los intereses de demora al 12% desde la fecha de cierra de la cuenta y las costas del juicio.
Contra esta resolución no cabe Recurso de Apelación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455 de la LEC.
Así por ésta mi Sentencia, de la que se llevará certificación a los Autos, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada María Josefa del Rey de Lara, extiendo y firmo la presente en Córdoba a 14 de febrero de 2014. El/La Secretario, firma ilegible.