Boletín nº 64 (02-04-2014)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 1.858/2014
Procedimiento: 1720/2012. Negociado: MC
Demandante: Ángel Guillén Soto
Demandado: Ingenieria Construcción y Planificación Cordobesa S.L.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA,
HACE SABER
Que en este Juzgado, se sigue autos número 1720/2012, sobre Social Ordinario, a instancia de Ángel Guillén Soto contra Ingeniería Construcción y Planificación cordobesa S.L., en la que con fecha 7 de febrero del año en curso se ha dictado sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:
Fallo. Que estimando la demanda formulada por don Ángel Guillén Soto contra Ingeniería Construcción y Planificación Cordobesa S.L. y el Fogasa, debo condenar y condeno a la entidad mercantil demandada, a que abone al actor la suma de setecientos sesenta y cinco euros con cuarenta céntimos (765,40 €), en concepto de principal, más setenta y seis euros con cincuenta y cuatro céntimos (76,54 €) en concepto de interés de demora.
Y las costas en los términos Indicados
en el FD 5º de esta resolución.
El Fogasa responderá por los conceptos, supuestos y
límites previstos en el artículo 33 del ET.
Y para que sirva de notificación en forma a Ingeniería Construcción y Planificación Cordobesa S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.
Córdoba 27 de febrero de 2014. El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible.