Boletín nº 68 (08-04-2014)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 2.039/2014
Procedimiento: 880/13 Ejecución de títulos judiciales 76/2014. Negociado: MR
Sobre: Reclamación de Cantidad
Demandante: José Luis Marín Reyes
Demandado: Hotel Villa de Trassierra S.A.L.
DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA,
HACE SABER
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 76/2014, a instancia de la parte actora don José Luis Marín Reyes contra Hotel Villa de Trassierra S.A.L., se ha dictado Auto de fecha 18-3-14, cuya parte dispositiva dice:
Parte Dispositiva
S.Sª. Iltma. Dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la cantidad de 8.480,92 € en concepto de principal, más 508,85 € calculados provisionalmente para intereses, 848,09 € para costas presupuestadas y 600 € para costas del procedimiento, y habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional, dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad, y estando la demanda Hotel Villa de Trassierra S.A.L. en paradero desconocido notifíquese por medio de edictos.
Y para que sirva de notificación a la demandada Hotel Villa de Trassierra S.A.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 18 de marzo de 2014. La Secretaria Judicial, firma ilegible.