Boletín nº 73 (14-04-2014)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2
Cabra

Nº. 1.671/2014

Procedimiento: Jurisdicción Voluntaria General 526/2013

Solicitante: Soledad Pérez Pérez

Procurador: Fernando Marín Vargas

Letrado: Francisco J. Marín Ruiz

Contra: Agustín Pérez Pérez

 

Cédula de Notificación y Citación

En el procedimiento Jurisdicción Voluntaria General 526/2013 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Cabra, a instancia de Soledad Pérez Pérez contra Agustín Pérez Pérez, sobre aceptación de herencia, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Diligencia de Ordenación de la Secretario Sra. Dª Mª Lorena García Torres.

En Cabra, a veintiséis de febrero de dos mil catorce.

El anterior escrito del Procurador Fernando Marín Vargas, en representación de Soledad Pérez Pérez, únase a los autos de su razón, por evacuado el trámite, se admite la demanda de jurisdicción voluntaria para la formación de inventario de la herencia de Agustín Pérez Pérez, y ejercicio del derecho de aceptar la herencia a beneficio de inventario de Soledad Pérez Pérez. Dése vista de la misma al Ministerio Fiscal.

Desconociéndose la existencia de acreedores, se acuerda la fijación de edictos en el tablón de anuncios del Juzgado y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia concediéndoseles al efecto el plazo de treinta días para personarse en el expediente.

Fórmese por la Sra. Secretario inventario fiel y exacto de los bienes de la herencia, inventario que se principiará dentro de los treinta días siguientes a la citación de los acreedores y concluirá dentro de otros sesenta.

Modo de Impugnación: Recurso de Reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el Secretario que la dicta.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. La Secretario Judicial.

Y con el fin de que sirva de notificación y citación en forma al/a los acreedores desconocidos, extiendo y firmo la presente en Cabra a 26 de febrero de 2014. La Secretario, firma ilegible.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad