Boletín nº 74 (15-04-2014)
VI. Administración Local
Mancomunidad de
Municipios Los Pedroches
Córdoba
Nº. 2.388/2014
Que habiendo transcurrido el plazo de exposición al público de la aprobación inicial del Presupuesto General de la Mancomunidad de Municipios de Los Pedroches para el 2014, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 52 de 17 de marzo de 2014, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y no habiéndose formulado reclamación al mismo, queda elevado a Definitivo, en los términos que a continuación se detalla:
RESUMEN POR CAPÍTULOS
Capítulos |
INGRESOS |
GASTOS |
||
I |
Impuestos directos |
0,00 |
Gastos del Personal |
277.650,00 |
II |
Impuestos indirectos |
0,00 |
Gastos en bienes corrientes y servicios |
69.300,00 |
III |
Tasas y otros ingresos |
6.743,80 |
Gastos financieros |
500,00 |
IV |
Transferencias corrientes |
474.989,86 |
Transferencias corrientes |
460,00 |
V |
Ingresos patrimoniales |
50.500,00 |
- |
0,00 |
VI |
Enajenación de inversiones reales |
0,00 |
Inversiones reales |
0,00 |
VII |
Transferencia de capital |
0,00 |
Transferencias de capital |
0,00 |
VIII |
Activos financieros |
0,00 |
Activos financieros |
0,00 |
IX |
Pasivos financieros |
0,00 |
Pasivos financieros |
0,00 |
TOTAL |
532.233,66 |
347.910,00 |
RELACIÓN PLANTILLA DE PERSONAL
FUNCIONARIOS:
" Denominación; Grupo; Nº plazas; Escala; Subescala:
- Secretaría-Intervención; A1; 1; Hab. Estatal; Secrt-Interv.
- Total: 1
PERSONAL LABORAL TEMPORAL:
" Denominación; Nº puestos:
- Gerencia; 1.
- Auxiliar Administrativo; 2.
- Técnico (1) de Administración General; 1.
- Técnico (2) de Administración General; 2.
- Monitor de Deportes; 2.
- Personal Limpieza; 1.
- Total: 9.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En Alcaracejos, a 4 de abril de 2014. El Presidente, Fdo. Juan Díaz Caballero.