Boletín nº 75 (16-04-2014)

VI. Administración Local

Mancomunidad de Municipios Valle del Guadiato
Córdoba

Nº. 2.267/2014

Aprobado definitivamente el Presupuesto General de la Mancomunidad de Municipios Valle del Guadiato para el 2014, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, y comprensivo aquel del Presupuesto General de esta Mancomunidad, Bases de Ejecución, plantilla de Personal laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

ESTADO DE INGRESOS

Capítulos Denominaciones Euros

 A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

 a. Operaciones corrientes

Tasas y Otros Ingresos

80.920,00

Transferencias Corrientes

511.268,94

Ingresos Patrimoniales

 b. Operaciones de capital

25.000,00

Transferencias de Capital

536.145,12

Total Operaciones no Financieras

1.153.334,06

B) OPERACIONES FINANCIERAS

Pasivos Financieros

0

Total Operaciones Financieras

0,00

TOTAL PRESUPUESTO INGRESOS

1.153.334,06

ESTADO DE GASTOS

Capítulos Denominaciones Euros

 A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

     a. Operaciones corrientes

    Gastos de Personal

    460.368,85

    Gastos en Bienes Corrientes y Servicios

    Gastos Financieros

    117.609,79

    8.060,10

    Transferencias

    150,20

       b. Operaciones de capital

      Inversiones Reales

      Total Operaciones no Financieras

      B) OPERACIONES FINANCIERAS

      536.145,12

      1.122.334,06

      Pasivos Financieros

      Total Operaciones Financieras

      31.000,00

      31.000,00

      TOTAL PRESUPUESTO GASTOS

      1.153.334,06

      Plantilla de Personal

      Mancomunidad de Municipios Valle del Guadiato

      Personal Funcionario: 1

      Personal Laboral Fijo: 1

      Personal Laboral Temporal: 14

      Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

      Peñarroya-Pueblonuevo, a 19 de marzo de 2014. Firmado electrónicamente por la Presidenta, Josefa Soto Murillo.

      Aviso jurídico

      Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

      • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
      • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
      • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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