Boletín nº 78 (23-04-2014)

VI. Administración Local

Entidad Local Autónoma de Encinarejo

Nº. 2.525/2014

En el Pueblo de Encinarejo de Córdoba (Córdoba), siendo el día 7 de abril de 2014, el Sr. Presidente de la E.L.A. de Encinarejo, don Miguel Ruiz Madruga, ha dictado la siguiente,

Resolución:

Aprobación de Encomienda de las funciones propias de la Intervención en el ámbito de la Entidad Local Autónoma de Encinarejo.

Visto el Decreto número 2441 de fecha 7 de marzo de 2014, dictado por el Excmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Córdoba, en el que se resolvía autorizar la propuesta de Delegación, con carácter transitorio y de forma excepcional, de las funciones de Intervención General Municipal en el ámbito de la Entidad Local Autónoma de Encinarejo de Córdoba.

Resuelvo

Al amparo de lo previsto en los artículos 126.2 y 118.5 de la Ley de Autonomía Local de Andalucía (Ley 5/2010, de 11 de junio, artículo 1 del R.D. 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional, artículos 2, 3 y 4 del citado R.D., el artículo 8.1 del R.D. 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional, relativo a puestos den EATIM (hoy E.L.A.) relacionado con el artículo 17.2 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, autorizar la propuesta de encomienda de las precitadas funciones de Intervención en el ámbito de la Entidad Local Autónoma de Encinarejo a favor del funcionario Oficial Mayor y Letrado-Asesor de dicha entidad don Carlos Orense Tejada, que las viene ejerciendo transitoriamente desde el día 29 de enero de 2001, en virtud de resolución dictada por la Presidencia de dicha entidad al amparo de lo previsto en la normativa citada, autorizándosele para que las pueda seguir desempeñando, en todo caso, hasta tanto se pueda crear y proveer la correspondiente plaza de Habilitación de Carácter Nacional conforme al procedimiento legalmente establecido, por entender que dicho empleado público reúne la capacidad, profesionalidad, conocimientos y experiencia acreditada durante un periodo superior a trece años.

La precitada encomienda de funciones en virtud de la autorización de la propuesta contenida en el Decreto número 2441 habrá de desarrollarse por parte del referido funcionario público, bajo la dirección, orientación, control y fiscalización superior de los funcionarios titulares de los puestos de la Secretaría General y de la Intervención General municipal del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba.

Del contenido de la presente Resolución habrá de darse traslado a la Alcaldía-Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, notificarse al interesado, tomar conocimiento el Superior Órgano Colegiado Junta Vecinal de la E.L.A. de Encinarejo, así como, finalmente, darse traslado del contenido de ambas resoluciones a la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales de la Junta de Andalucía para su debido conocimiento y efectos oportunos.

Así lo manda y firma el Sr. Presidente de la Entidad Local Autónoma, en Encinarejo de Córdoba, siendo el día 7 de abril de 2014. El Presidente de la E.L.A., Fdo. Miguel Ruiz Madruga.

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