Boletín nº 84 (02-05-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Hinojosa del Duque
Nº. 2.599/2014
Este Ayuntamiento tiene constancia de que la persona que se relaciona seguidamente no reside en el domicilio en el que figura empadronada, desconociéndose si ha solicitado el alta en el Padrón Municipal de Habitantes de otro Municipio, al no haberse recibido comunicación alguna.
Según establece el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del referido Reglamento.
Intentada la notificación en el último domicilio conocido de Hinojosa del Duque, sin que haya sido posible practicarla, se procede a realizarla a través del presente anuncio, a tenor de lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Ismael Hernán Peralta Ovelar, con Pasaporte número 004447765, y domicilio en calle Limosna, número 8-2º.
Durante el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados podrán presentar en este Ayuntamiento los documentos y justificantes que estimen procedentes. Y transcurrido el plazo señalado sin haber formulado alegación alguna, se continuará con el procedimiento de oficio, por inclusión indebida en el Padrón Municipal de Habitantes, de acuerdo con lo regulado en la Resolución de 9 de abril de 1997, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal (B.O.E. de 11 de abril de 1997).
Hinojosa del Duque, a 10 de abril de 2014. El Alcalde, Fdo. José Fernández Nogales.