Boletín nº 85 (05-05-2014)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 2.642/2014

Procedimiento: 549/2013 Ejecución de títulos judiciales 88/2014 Negociado: MR

Sobre: Reclamación de Cantidad

Demandante: Rosa María Estévez Ruiz

Demandado: Esabe Limpiezas Integrales S.L.

 

DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA,

HACE SABER

Que en los autos de ejecución seguidos en este Juzgado bajo el número 88/2014, a instancia de la parte actora doña Rosa María Estévez Ruiz contra Esabe Limpiezas Integrales S.L., se ha dictado Auto de fecha 1-4-14, cuya parte dispositiva dice:

Que estimando la demanda formulada por doña Rosa María Estévez Ruiz, contra la empresa  Esabe Limpiezas Integrales S.L., debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la suma de dos mil quinientos doce euros con sesenta y cuatro céntimos 2.512,64 €  en concepto de principal, más 232,12 € en concepto de interés de demora,  y las costas en los términos indicados en el FD 4º de esta Resolución.

El Fogasa responderá de los conceptos, supuestos y límites legalmente previstos.

Igualmente, procede sobreseer el proceso frente a Lintec SL, Ferronol Servicios Integral de Precisión S.L., Limpiezas y Mantenimientos Huelva S.L. y Clece S.A. por desistimiento de la parte demandante.

Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que siendo la cuantía litigiosa inferior a 3.000 euros, contra la misma no cabe recurso.

Y para que sirva de notificación al demandado Esabe Limpiezas Integrales S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 1 de abril de 2014. La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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