Boletín nº 85 (05-05-2014)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 2.643/2014

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 1014/2013 Negociado: MJ

Sobre: Despidos

Demandantes: Andrés Fernández Martínez y Luis Rueda Ojeda

Demandados: Empresa Municipal de Aguas de Córdoba, S.A. (Emacsa), Fogasa, Magtel red telecomunicaciones S.A.U., Canalizaciones y Viales Andaluces S.L. y Actividades y Cauces del Sur S.A.L.

 

DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA,

HACE SABER

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1014/2013, a instancia de la parte actora don Andrés Fernández Martínez y don Luis Rueda Ojeda contra Empresa Municipal de Aguas de Córdoba S.A. (Emacsa), Fogasa, Magtel Redes Telecomunicaciones S.A.U., Canalizaciones y Viales Andaluces S.L. y Actividades y Cauces del Sur S.A.L. sobre Despidos/Ceses, en general se ha dictado Providencia de fecha 18 de marzo de 2014 del tenor literal siguiente:

Providencia del Magistrado-Juez don Antonio Jesús Rodríguez Castilla.

En Córdoba, a 18 de marzo de dos mil catorce.

A la vista de lo practicado en juicio y con suspensión del plazo para dictar Sentencia, se requiere a las codemandadas Actividades y Cauces del Sur S.L. y Canalizaciones y Viales Andaluces S.L. para que en el plazo de cinco días aporten los partes diarios de trabajo de los demandantes Sr. Fernández Martínez y Sr. Rueda Ojeda desde el 1 de enero de 2009 hasta la finalización de sus respectivos contratos de trabajo.

Una vez conste lo anterior, o transcurrido el plazo, pasen los autos al resto de las partes personadas para informe en plazo de dos audiencias y, concluido el tramite, pasen los autos a la mesa de S.S.ª para dictar Sentencia.

Habiéndose admitido la prueba propuesta por Emacsa inadmitida por proveído de 10 de marzo pasado, careciendo de objeto el Recurso de Reposición interpuesto por el Letrado Sr. Martín Gamero-Verdú en nombre y representación de ésta última demandada, déjese sin efecto y procédase a la devolución de la consignación efectuada, y estése a la diligencia final acordada.

Modo de Impugnación: Contra dicha resolución cabe Recurso de Reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto Número 4427, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo "Concepto" que se trata de un recurso seguido del código "30" y "Social-Reposición", de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta Banesto 0030 1846 42 0005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social número 3 de Córdoba, y en "Observaciones" se consignarán los 16 dígitos (separados por un espacio) el código "30" y "Social-Reposición".

Lo mandó y firma S.Sª. Ante mí. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada Actividades y Cauces del Sur S.A.L. y a Canalizaciones y Viales Andaluces S.L., actualmente en paradero desconocido, a éste ultimo "ad cautelam", expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 4 de abril de 2014. La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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