Boletín nº 87 (07-05-2014)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Córdoba

Nº. 2.754/2014

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 1006/2003

Demandantes: José Borrallo Sánchez, David Muñoz Pérez, Juan García Molina, Antonio Murillo Morales y Pedro Fernández Martínez

Demandados: Empresa Municipal de Aguas de Córdoba S.A., Canalizaciones y Viales Andaluces S.L., Actividades y Cauces del Sur S.A.L. y Magtel Redes Telecomunicaciones S.A.

 

DOÑA VICTORIA A. ALFÉREZ DE LA ROSA, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE CÓRDOBA,

HACE SABER

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1006/2013, a instancia de la parte actora don José Borrallo Sánchez, David Muñoz Pérez, Juan García Molina, Antonio Murillo Morales y Pedro Fernández Martínez contra Empresa Municipal de Aguas de Córdoba S.A., Canalizaciones y Viales Andaluces S.L., Actividades y Cauces del Sur S.A.L. y Magtel Redes Telecomunicaciones S.A. sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado Resolución de fecha del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando en parte la demanda interpuesta por don David Muñoz Pérez, don Juan García Molina, don José Borrallo Sánchez, don Pedro Fernández Martínez y Antonio Murillo Morales, contra las empresas Canalizaciones y Viales Andaluces S.L. y Actividades y Cauces del Sur SA (Acsur) declaro Nulo el despido de los actores, y condeno solidariamente a las empresas demandadas a que abonen 34.057,80 € a don David Muñoz Pérez, 37.033,93 € a don Juan García Molina, 35.621,93 € a don José Borrallo Sánchez, 32.515,53 € don Pedro Fernández Martínez, y 35.256,13 € a don Antonio Murillo Morales, en concepto de indemnización por el despido, declarándose extinguida la relación laboral que les unía con fecha de efectos 2 de abril de 2014, absolviendo a la Empresa Municipal de Aguas de Córdoba (Emacsa) y Magtel Redes y Comunicaciones S.A. de las pretensiones contra las mismas ejercitadas, y en cuanto a la reclamación de cantidad, condeno solidariamente a las empresas Canalizaciones y Viales Andaluces S.L., Actividades y Cauces del Sur SA (Acsur) y Empresa Municipal de Aguas de Córdoba (Emacsa) al pago de 7.917,08 € a don David Muñoz Pérez, 7.983,23 € a don José Borrallo Sánchez, 6.081,79 € don Pedro Fernández Martínez, y 8.892,09 € a don Antonio Murillo Morales, en concepto de salarios e indemnización por vacaciones no disfrutadas; con el interés establecido en el fundamento de Derecho cuarto anterior, absolviendo a la codemandada Magtel.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos, y hágase saber a las partes que contra ella cabe recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, recurso que habrá de anunciarse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de esta resolución.

En la interposición del recurso, y salvo causa de exención legal en los términos interpretados por el acuerdo del Pleno no Jurisdiccional de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo de 5 de junio de 2013, deberá aportar justificante de ingreso de la tasa judicial conforme al modelo 696 de autoliquidación, en términos de lo previsto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, Real Decreto Ley 3/2013 que la modifica y Orden HAP/490/2013, de 27 de marzo, por el que se modifica la Orden HAP/2662/2012, a salvo excepción legal.

En cuanto a la condenada al pago, para hacer uso de este derecho deberá ingresar las cantidades a que el fallo se contrae en la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado (Banesto Cuenta número 1445-0000-65-1006-13, y en la cuenta de recursos de suplicación de este Juzgado en la misma entidad (cuenta número 1445-0000-67-1006-13) un depósito de 300 euros.

Así por esta mi Sentencia, escrita y dictada en la ciudad de Córdoba en la fecha indicada en el encabezamiento, lo acuerdo, mando y firmo, juzgando la presente causa en primera instancia.

Y para que sirva de notificación a las demandadas Canalizaciones y Viales Andaluces S.L., Actividades y Cauces del Sur S.A.L. y Magtel, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 10 de abril de 2014. La Secretaria Judicial, firma ilegible.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad