Boletín nº 89 (09-05-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villaralto
Nº. 2.798/2014
Decreto de la Alcaldía
De conformidad con el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento.
A tal efecto, y según informaciones recabadas por esta Alcaldía, nos consta que las personas reseñadas a continuación, no residen la mayor parte del año en el municipio de Villaralto, incumpliendo el artículo 54.1 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Por ello procede incoar de oficio expediente para proceder a la baja en el Padrón de Habitantes de las siguientes inscripciones:
Nombre y apellidos.- Domicilio.- Nacionalidad.
Chelement Daniel Tirlisan; Calle Rosales, 60; Rumanía.
No obstante, comuníqueseles, individualmente y mediante publicación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y Boletín Oficial de la Provincia que disponen de 15 días para manifestar si están o no de acuerdo con la baja, pudiendo, en este último caso, alegar y presentar los documentos y notificaciones que estimen oportunos, al objeto de acreditar que es en este, o en otro municipio, en el que residen el mayor número de días al año.
Dado en Villaralto, a 19 de marzo de 2014. El Alcalde, firma ilegible.