Boletín nº 91 (13-05-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Priego de Córdoba
Nº. 2.834/2014
La Presidenta del Área de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba hace saber:
Que mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba, en sesión extraordinaria y urgente de fecha 10 de abril de 2014, se acuerda:
1) Aprobar definitivamente el sistema de actuación por compensación de la unidad de ejecución número 1 del Plan Parcial S-5, ampliación del Polígono Industrial de la Vega, de las NNSS Municipales revisadas, tal como establece el artículo 131 de la LOUA, iniciado por Corporación Industrial Córdoba Sureste S.A., y Sur Sistema de Embalajes S.L. que representan más del 50% del suelo de esta unidad de ejecución.
2) Aprobar definitivamente los Estatutos y Bases de Actuación para la constitución de la Junta de Compensación de dicho Plan Parcial, de conformidad con lo indicado en el punto anterior, así como en el artículo 162 del RGU.
3) Requerir a doña Francisca Gómez Ruiz, única propietaria de suelo incluido en el ámbito de esta unidad de ejecución que no ha solicitado su incorporación a esta Junta de Compensación en vía de constitución, para que proceda a solicitar su incorporación a la misma en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación de este acuerdo, con la advertencia de que de no hacerlo, en aplicación del artículo 129 de la LOUA, y dado que tampoco ha optado durante el período de información pública por solicitar expresamente la expropiación del suelo de su propiedad en favor de la futura Junta de Compensación, este sistema se seguirá en régimen de aportación forzosa de sus terrenos, mediante su reparcelación, sin más trámites.
En aplicación del artículo 174 del Reglamento de Gestión Urbanística, en relación con el artículo 111 del mismo texto legal, se remite el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Priego de Córdoba, 21 de abril de 2014. Firmado electrónicamente por la Presidenta del Área de Urbanismo, Cristina Casanueva Jiménez.