Boletín nº 91 (13-05-2014)
II. Administración Electoral
Junta Electoral de
Zona
Lucena (Córdoba)
Nº. 3.192/2014
Constitución de la Junta Electoral de Zona de Lucena
Acta de constitución de la Junta Electoral de Zona de Lucena
Siendo la hora señalada comparecen doña María del Pilar García de Zúñiga Marrero, Juez Titular del Juzgado Número 2 de Lucena, doña María del Carmen Pérez Romero, Juez Titular del Juzgado Mixto Número 1 de Lucena, don Esteban Rondón Mata, Juez Titular del Juzgado Mixto Número Tres de Lucena, actuando como Secretaria de dicha Junta doña Elena Colorado Gámez, Secretaria Judicial del Juzgado Decano de Lucena.
Iniciado el acto, por la Secretaria se pone de manifiesto que en el día de ayer se recibió fax de la Junta Provincial aceptando como vocales no judiciales a los propuestos por esta Junta en acta de la misma fecha.
Por la Junta se acuerda, por lo tanto, nombrar como vocales no judiciales a don José Pérez Castro (D.N.I. 34.016.976-E) y doña Gabriela Valenzuela Escudero (D.N.I. 26969852-Y).
Seguidamente comparecen don José Pérez Castro y doña Gabriela Valenzuela Escudero, a los que se les comunica el nombramiento efectuado en su favor y proceden a aceptar y jurar el cargo.
Con ello se da por constituida definitivamente la Junta Electoral de Zona de Lucena con la siguiente composición:
Presidente: María del Pilar García de Zúñiga Marrero.
Vocales de procedencia Judicial: María del Carmen Pérez Romero y Esteban Rondón Mata.
Vocales de procedencia no Judicial: José Pérez Castro y Gabriela Valenzuela Escudero.
Secretario: Elena Colorado Gámez.
Acto seguido por la Junta se acuerda que el resultado de dicha sesión se comunique por medio de fax al Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, a la Junta Electoral Provincial y remitir certificación de dicha acta al Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno en Córdoba para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.3 de la LOREG, así mismo fíjese edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado.
No habiendo más asuntos que tratar se dio por finalizado el acto, del que se extiende la presente, que leída y encontrada conforme es firmada por todos los asistentes de lo que yo, el Secretario, doy fe.
En Lucena a 9 de mayo de 2014. La Secretario, firma ilegible.