Boletín nº 92 (14-05-2014)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 2.920/2014

Procedimiento: Social Ordinario 776/2013 Negociado: MP

Sobre: Despido

Demandantes: Rafael Estévez Brito y María Belén Marín Gómez

Demandados: Empresa Municipal de Aguas de Córdoba, Magtel Redes y Comunicaciones S.A., Actividades y Cauces del Sur S.A., y Canalizaciones y Viales Andaluces S.L.

 

DON JUAN CARLOS SANJURJO ROMERO, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA,

HACE SABER

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 776/2013, a instancia de la parte actora don Rafael Estévez Brito y doña María Belén Marín Gómez contra Empresa Municipal de Aguas de Córdoba, Magtel Redes y Comunicaciones S.A., Actividades y Cauces del Sur S.A. y Canalizaciones y Viales Andaluces S.L. sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución de fecha 9-4-2014 del tenor literal siguiente:

Parte Dispositiva

Se rectifica el fallo de la Sentencia dictada en los presentes autos debiendo quedar redactado del siguiente modo:

"Que estimando la demanda interpuesta por don Rafael Estévez Brito y doña María Belén Marín Gómez contra las empresas Actividades y Cauces del Sur S.A. (Acsur), y Canalizaciones y Viales Andaluces, S.L., declaro Improcedente el despido de ambos demandantes, y condeno a las empresas demandadas a que abonen a don Rafael Estévez Brito la cantidad de 9.219,99 €, en concepto de indemnización por despido, y 1.379,55 € por los 15 días de preaviso. Igualmente condeno a las referidas empresas a que abonen a doña María Belén Marín Gómez la cantidad de 1.944,08 € en concepto de indemnización por despido y 815,70 € por los 15 días de preaviso.

Se declara extinguida la relación laboral que unía a los actores con las empresas demandadas, con fecha de efectos 26/03/14, al no ser posible su reincorporación, condenando a Actividades y Cauces del Sur S.A. (Acsur), y Canalizaciones y Viales Andaluces, S.L., a que abonen solidariamente a: don Rafael Estévez Brito y doña María Belén Marín Gómez los salarios de tramitación devengados desde el día siguiente a la fecha del despido (el 21/5/13) hasta la fecha del dictado de esta Sentencia, salvo que concurriera causa de incompatibilidad con su percibo, a razón de 91,97 €/día en el caso de don Rafael Estévez Brito y de 54,38 €/día en el caso de doña Mª Belén Marín González".

Y para que sirva de notificación a los demandados Actividades y Cauces del Sur S.A. y Canalizaciones y Viales Andaluces S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 10 de abril de 2014. El Secretario Judicial, firma ilegible.

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