Boletín nº 93 (15-05-2014)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 2.994/2014
Procedimiento: Social Ordinario 308/2014. Negociado: IR
Sobre: Reclamación de Cantidad
Demandante: Manuel Fernández Navarro
Demandados: FOGASA y Todotyre S.L.
DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA,
HACE SABER
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 308/2014, a instancia de la parte actora don Manuel Fernández Navarro contra Fogasa y Todotyre S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:
Diligencia de Ordenación de la Secretaria Sra. Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz.
En Córdoba a 16 de abril de 2014.
Visto el estado que mantienen las presentes actuaciones y no apareciendo citada en legal forma la empresa demandada Todityre S.L, al ser desconocida en el domicilio indicado en demanda de Ingeniero Juan de la Cierva número 15, 4, según consta en autos, y consultada la guía telefónica, no constando en la misma, se solicita su número de teléfono a información, y no constando tampoco, póngase en conocimiento del actor, a fin de que, facilite nuevo domicilio, o alegue lo que a su derecho convenga, en el plazo de cuatro días y, obtenida información por este Juzgado, vía telemática, únase ésta a los mismos; practíquense las actuaciones del artículo 156 de la L.E.C.; procédase a su comunicación por medio de edictos, insertando un extracto suficiente en el "Boletín Oficial" correspondiente y en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados.
Se acuerda citar a la demandada Todotyre S.L., a los actos de conciliación y juicio señalados para el próximo día 14 de octubre de 2014, a las 1050 horas de su mañana, sirviendo el presente proveído de citación en forma.
Modo de Impugnación: Mediante Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Y para que sirva de notificación a la demandada Todotyre S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 16 de abril de 2014. La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.