Boletín nº 95 (19-05-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Puente Genil
Nº. 3.022/2014
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 31 de marzo de 2014, aprobó definitivamente la modificación puntual del Plan Parcial Cañada de la Plata, respecto al artículo 30.2 de las Ordenanzas reguladoras.
En cumplimiento del artículo 70.2 de la LRBRL, se procede a la publicación del acuerdo de aprobación y de las ordenanzas de dicha modificación:
CERTIFICACIÓN DEL ACUERDO DE APROBACIÓN
Doña Carmen López Prieto, Secretaria General del Excmo. Ayuntamiento de la villa de Puente Genil, Certifica:
Que el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzo de 2014, según consta en el borrador del acta pendiente de aprobación, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Punto Octavo. Aprobación Definitiva de la Modificación Puntual del Plan Parcial Cañada de la Plata, respecto al artículo 30.2 de las Ordenanzas reguladoras.
Dada cuenta del dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa de Obras y Urbanismo Municipal, en sesión ordinaria de fecha 25 de marzo de 2014, al punto séptimo A) del orden del día, que es del siguiente tenor:
Punto Séptimo. Asuntos de Urbanismo.
A) Visto el expediente tramitado para la modificación puntual del Plan Parcial Cañada de la Plata respecto al artículo 30.2 de las Ordenanzas reguladoras, redactado por los Servicios Técnicos Municipales, aprobado inicialmente por Decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 25 de octubre de 2013.
Dada cuenta del informe favorable emitido por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de fecha 15 de enero de 2014.
Habiendo finalizado el periodo de exposición pública para examen y presentación de alegaciones al mismo el día 7 de marzo de 2014 y no habiéndose presentado ninguna.
La Comisión acuerda, por unanimidad de los miembros asistentes a la misma, lo siguiente:
Informa Favorablemente
1. Elevar al Ayuntamiento Pleno, para su aprobación definitiva, el documento de modificación puntual del Plan Parcial Cañada de la Plata respecto al artículo 30.2 de las Ordenanzas reguladoras.
2. La publicación del acuerdo y de las normas urbanísticas mediante anuncio en el BOP, Tablón de Edictos de la Corporación, diario de mayor circulación de la provincia y, en su caso, en la web municipal, previa inscripción en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento y en el Registro Autonómico.
El Ayuntamiento Pleno, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, que son veinte de los veintiuno que lo componen, que constituyen mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, acordó aprobar el dictamen que trascrito ha sido.
Y para que conste, y surta efectos se expide la presente de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde Presidente, en Puente Genil, a siete de abril del año dos mil catorce.
ORDENANZAS
Se incluye nueva redacción del artículo 30.2 de las Ordenanzas reguladoras del Plan Parcial Cañada de la Plata:
Artículo 30. Cerramientos
2. Los cerramientos que coincidan con la alineación oficial de calles se podrán elevar mediante valla con elementos sólidos y opacos hasta un máximo de 1 m. y con elementos ligeros y transparentes hasta una altura máxima de 2,10 m, debiendo tener el mismo tratamiento en toda la manzana, sin más limitaciones.
Quedando así la redacción completa del artículo 30 de las Ordenanzas reguladoras:
Artículo 30. Cerramientos
1. Se recomienda la no utilización de cerramientos de los solares resultantes. No obstante, caso de utilizarse se regirán por las siguientes condiciones:
2. Los cerramientos que coincidan con la alineación oficial de calles se podrán elevar mediante valla con elementos sólidos y opacos hasta un máximo de 1 m. y con elementos ligeros y transparentes hasta una altura máxima de 2,10 m, debiendo tener el mismo tratamiento en toda la manzana, sin más limitaciones.
3. En la separación de linderos privados se autorizarán de fábricas hasta 0,90 m. la altura. El resto, hasta un máximo de 2,50 m. será diáfano, a base de verjas, elementos vegetales, etc.
Puente Genil, 30 de abril de 2014. El Alcalde-Presidente, Fdo. Esteban Morales Sánchez.