Boletín nº 95 (19-05-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de La Granjuela
Nº. 3.029/2014
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.3 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en Suelo No Urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se hace público que el Pleno Municipal, en sesión extraordinaria celebrada el día 29 de abril de 2014, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
8º. Aprobación, si procede, Declaración Innecesariedad de formular y tramitar avance de Planeamiento a que se refiere el artículo 4.2 del D. 2/2012 por el que se regula el Régimen de las Edificaciones y Asentamientos existentes en Suelo No Urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se da cuenta de la propuesta de esta Alcaldía, cuyos términos son los siguientes:
En relación al expediente tramitado en esta Corporación para la Declaración de Innecesariedad del documento de Avance que permita la identificación y delimitación de los asentamientos existentes en el Suelo No Urbanizable, y visto el del documento Técnico de Innecesariedad elaborado con fecha marzo de 2014 por el Servicio de Arquitectura y Urbanismo de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, que concluye que en el Municipio de La Granjuela no se identifican asentamientos urbanísticos ni ámbitos de hábitat rural diseminado en Suelo No Urbanizable, teniendo por tanto, la totalidad de las edificaciones existentes en este Suelo No Urbanizable, la consideración de edificaciones aisladas.
Visto el Informe favorable emitido al efecto por la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de fecha 21/04/2014.
A la vista de estos antecedentes, se somete al Pleno Municipal la siguiente propuesta:
Primero. Declarar la Innecesariedad de formular y tramitar el Avance de Planeamiento a que se refiere el artículo 4.2 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en Suelo No Urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía, por no existir en el término municipal de La Granjuela asentamientos urbanísticos ni asentamientos que puedan ser objeto de calificación como ámbitos del Hábitat Rural Diseminado; considerando que todas las construcciones existentes en el Suelo No Urbanizable del término municipal de La Granjuela se identifican como edificaciones aisladas, a los efectos de las determinaciones que se contienen en el citado Decreto 2/2012, de 10 de enero.
Segundo. Dar traslado de este acuerdo a la Consejería competente en materia de urbanismo para su conocimiento.
Tercero. Dar publicidad al presente Acuerdo mediante su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, para general conocimiento.
Tras su debate, por unanimidad de los asistentes al acto que son el total de miembros que forman la Corporación Municipal, se acuerda aprobar la propuesta anterior en sus mismos términos.
La Granjuela, a 29 de abril de 2014. El Alcalde, Fdo. Maximiano Izquierdo Jurado.