Boletín nº 96 (20-05-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Cabra
Nº. 2.727/2014
El Alcalde de esta ciudad, hace saber:
Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 27 de enero de 2014, acordó aprobar definitivamente la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Cabra en el ámbito de la modificación ordenanza Abierta Extensiva, artículo 8.142 Ocupación Bajo rasante y artículo 8.143 Edificabilidad neta, promovida por don José Plata Rosales.
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en los artículos 40 y 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, haciéndose constar que se ha procedido a inscribir la presente Modificación en el Libro de Registro Administrativo Municipal de Instrumentos de Planeamiento con el número de expediente SI-Aa011 y en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos con el número 6.026, y entrará en vigor una vez transcurridos quince días desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, siendo el texto de la normativa urbanística modificada el que se detalla a continuación:
Subsección Undécima: Condiciones Particulares de la zona de edificación Abierta Extensiva.
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Artículo 8.142 (P) Ocupación Bajo rasante.
Las construcciones bajo rasante podrán ocupar, además de la superficie ocupada sobre rasante, una banda de hasta cinco (5) metros de anchura exterior a la línea de edificación del bloque, pudiendo llegar hasta los linderos.
Artículo 8.143 (p) Edificabilidad neta
La superficie máxima edificable será el resultado de multiplicar la superficie neta de la parcela por uno de los siguientes coeficientes:
a) Parcelas con altura máxima establecida de 3 plantas (PB+2) y superficie superior a 1.500 m²: 1,25 m²t/m²s.
b) Parcelas con altura máxima establecida de 4 plantas (PB+3) y superficie superior a 1.500 m²: 1,5 m²/m²s.
c) Parcelas con altura máxima establecida de 3 plantas (PB+2) y superficie igual o inferior a 1.500 m²: 1,375 m²t/m²s.
d) Parcelas con altura máxima establecida de 4 plantas (PB+3) y superficie igual o inferior a 1.500 m²: 1,65 m²t/m²s.
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Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente Edicto.
Cabra a 14 de abril de 2014. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Fernando Priego Chacón.