Boletín nº 96 (20-05-2014)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Puente Genil

Nº. 3.078/2014

De conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por medio del presente anuncio, que habrá de ser expuesto en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Córdoba y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, se efectúa la notificación que a continuación se transcribe, a Saneflor, S.L., con CIF número B-14.737.613, ya que las anteriores notificaciones se intentaron llevar a efecto en calle Góngora, número 11, de Córdoba, último domicilio conocido, sin que su práctica haya resultado posible.

Texto de la notificación: Por la Sra. Concejala Delegada de Infraestructuras y Servicios Básicos (Decreto de Delegación de 22/06/2011) se ha dictado en el día de hoy la siguiente:

Resolución: Transcurrido que ha sido el plazo que se le concediera a Saneflor, S.L., con CIF número B-14.737.613, para la ejecución de la medida cautelar ordenada por Resolución de la Sra. Concejala Delegada de Infraestructuras y Servicios Básicos de 17/03/14, en la Unidad de Ejecución, número 13, de esta localidad, con advertencia de ejecución sustitutoria por la Administración Municipal, sin haberse realizado, lo que se constata con informe técnico unido al expediente.

Por el presente He Resuelto:

1º) Comunicar a la interesada que según informe del Sr. Arquitecto Municipal de fecha 24/02/14, que figura en el expediente, el importe de ejecución de la medida cautelar asciende a la cantidad de 990 €, consistente en:

Dado que el talud existente junto a la calzada, en la excavación en vaciado que hace esquina con la calle Sauce y calle Acebuche, presenta desprendimientos por las lluvias, y además, algunos vehículos circulan por el carril de la calle que linda con el mismo, a pesar de estar cortado al tráfico rodado con una señal de entrada prohibida. Se debe disponer vallado provisional a dos y medio metros, como mínimo, del borde del bordillo existente a lo largo de toda la excavación por la calle Acebuche.

2º) Proceder a la ejecución sustitutoria de la citada medida cautelar.

Lo que notifico a Vd. para su conocimiento y efectos consiguientes, advirtiéndole que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer el interesado Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Números 1, 2, 3, 4 ó 5 de Córdoba, de conformidad con la distribución de competencias del artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, bien directamente, o interponiendo previamente y con carácter potestativo, Recurso de Reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al en que reciba la presente notificación, ante el Órgano que ha dictado la presente resolución.

El plazo para interponer el Recurso Contencioso-Administrativo será de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, si se interpone directamente, o desde el día siguiente al de la notificación del acuerdo resolutorio del Recurso de Reposición, si es expreso, si no lo fuere, el plazo será de seis meses a partir del día siguiente a aquél en que se entienda desestimado el recurso, de conformidad con el artículo 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y Ley 30/92, de 26 de noviembre".

La anterior notificación se hace pública mediante el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.

Puente Genil, 30 de abril de 2014. La Secretaria General, Fdo. Carmen López Prieto.

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