Boletín nº 97 (21-05-2014)

IV. Junta de Andalucia

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo
Delegación Territorial en Córdoba

Nº. 3.121/2014

Convenio o Acuerdo: UTE Montajes de Córdoba

Expediente: 14/01/0112/2014

Fecha: 07/05/2014

Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación

Destinatario: María Noelia Ramírez García

Código: 14002671012009

Visto el Acuerdo de 25 de abril de 2014, sobre modificación del Convenio Colectivo de la Empresa UTE Montajes Córdoba, y de conformidad a lo establecido en el artículo 82.3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo, el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

Acuerda

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.

Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

El Delegado Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Córdoba, José Ignacio Expósito Prats.

ACTA DE FINALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO PREVIO A HUELGA ANTE LA COMISIÓN DE CONCILIACIÓN-MEDIACIÓN

En Córdoba, a veinticinco de abril de dos mil catorce, en el conflicto colectivo promovido por don José Antonio Arenas Molina, en su calidad de Secretario de Organización y Formación Sindical del Sindicato Provincial de Metal, Construcción y Afines de UGT en Córdoba, frente a la empresa UTE Montajes Córdoba (ALVAC, SA-Construcciones Ros Zapata), en la persona de su representante legal, se constituye la Comisión de Conciliación-Mediación integrada por los miembros que al final se relacionan:

Antecedentes:

Con fecha 22 de abril de 2014, se registró de entrada escrito de iniciación ante el SERCLA, interponiendo el presente conflicto y con fecha 23 de abril, se cursaron citaciones a todas las partes interesadas para el día de hoy en la sede del SERCLA en Córdoba, con objeto de llevar a cabo el acto de mediación del presente conflicto, constando en el expediente la recepción de las mismas, por lo que, convocadas las partes en tiempo y forma comparecen:

Por la parte promotora: UGT

Don José Antonio Arenas Molina, con DNI 30.796.824-P, promotor del conflicto en representación del sindicato UGT, en su calidad de Secretario de Organización y Formación Sindical del Sindicato Provincial de Metal, Construcción y Afines de UGT en Córdoba lo que acredita mediante fotocopia de escritura de poder otorgado en Sevilla, con fecha 5 de febrero de 2014, ante el Notario, Don Pablo Gutiérrez- Alviz y Conrado, con el número 420 de su protocolo, que consta en el expediente.

En representación de la parte frente a la que se promueve el conflicto: UTE Montajes Córdoba (ALVAC, SA-Construcciones Ros Zapata):

Don Enrique Ros Sánchez, con DNI 30.459.789-S, en calidad de Gerente de la UTE, lo que acredita mediante copia de escritura de constitución otorgada en Córdoba, con fecha 27/03/2012, ante el Notario, Don Rafael Jiménez Soldevilla, con el número 397 de su protocolo, que exhibe y retira.

Don Ernesto Fernández de Rojas López-Tofiño, con DNI 46.862.004-X, en calidad de asesor.

En representación de parte interesada: Delegado de Personal

Don Pedro Bermejo Jiménez, con DNI 30.478.674-V, en representación de los trabajadores de la empresa, en su condición de Delegado de Personal, lo que queda acreditado ante este órgano, mediante fotocopia del Acta de elecciones a representantes legales de los trabajadores, que consta en el expediente y cuyo original se encuentra depositado en el CMAC.

Asimismo forma parte del Comité de Huelga.

Objetivos y finalidades del conflicto planteado por el promotor en el escrito de iniciación:

Según se indica en el escrito de inicio presentado, el conflicto planteado versa sobre las siguientes materias: organización del trabajo, jornadas, descansos, calendarios, vacaciones y salud laboral.

El presente acto comienza a las 10,00 horas, finalizando a las 12,45 horas, siendo el número de trabajadores afectados por este conflicto el de 12.

Iniciada la sesión, conforme a las normas legales y convencionales de aplicación, todas las partes interesadas, exponen a los miembros de la CCM, sus respectivas posturas, iniciándose un debate sobre el objeto del conflicto.

Finalmente, tras varias intervenciones por parte de todos los asistentes se logra alcanzar los siguientes Acuerdos sobre los temas objetos del presente conflicto:

ACUERDOS:

- Se acuerda amonestar verbalmente a los cinco trabajadores fijos.

- Se acuerda la readmisión del trabajador don Rafael Enrique Guarnizo Porcel, respetando su antigüedad, derechos, y abonándose su salario sin tener en cuenta el tiempo de ausencia.

- Las partes, miembros de la Comisión Paritaria del Convenio, acuerdan sustituir la redacción del artículo 3 del vigente Convenio Colectivo de Montajes de Escenarios y Plataformas para la provincia de Córdoba (UTE Montajes Córdoba), relativo a Vigencia, duración y prórroga del mismo por el siguiente texto: Este convenio entrará en vigor el día siguiente de su firma, excepto en aquellas materias que tengan señalada expresamente otra fecha distinta, si bien los efectos económicos se producirán desde el 1 de enero de 2014. Tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018, prorrogándose por año natural si en el plazo de un mes antes de la fecha de su terminación no fuera denunciado el mismo por cualquiera de las partes. En caso de prórroga la tabla salarial se incrementará con el IPC real más el 3% del año en curso.

La subida salarial para el año 2014, será la subida del IPC real más 0´2 %, para el 2015 será el IPC real más el 0´3 %, para el año 2016 será el IPC real más el 3 %, para el año 2017 será el IPC real más el 3 % y para el año 2018 será el IPC real más el 3 %.

Asimismo, y en cumplimiento de lo establecido en los artículos 2.1 y 6.1a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, se autoriza a doña María Noelia Ramírez García, con DNI 28.911.738-W, para que proceda a la inscripción del nuevo convenio colectivo, en el REGCON.

A la vista de los Acuerdos alcanzados, se da por finalizado el procedimiento con Avenencia.

Como consecuencia de los acuerdos alcanzados, los promotores del conflicto se comprometen a no convocar la huelga.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 2.1.d) y 6.1.c) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, este órgano de mediación, remitirá a la autoridad laboral competente, copia del Acuerdo alcanzado, solicitando su inscripción en el Registro correspondiente.

Componentes de la C.C.M.

Apellidos, Nombre, D.N.I.

Firma

Presidencia

Barrera Pedraja, Rafael

DNI 30.054.658- Y

Ilegible.

Secretaría

González Montes, Mª Angustias

DNI 25.991.717- S

Ilegible.

Vocal

Castellano Pastor, Rafael

30.788.485- H

Ilegible.

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