Boletín nº 101 (27-05-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Alcaracejos
Nº. 3.275/2014
En sesión plenaria extraordinaria celebrada el día 29 de abril de 2014, por este Ayuntamiento, en relación con el punto del día que se relaciona: Asunto Tercero. Urbanismo. Innecesariedad del Avance, fue adoptado acuerdo cuya parte dispositiva es la siguiente:
Primero: Acordar a la vista del informe de los servicios técnicos de este Ayuntamiento así como del informe emitido por la Delegación Provincial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Córdoba la innecesaridad de tramitar el Avance del planeamiento regulado en el artículo 4 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamiento existentes en suelo no urbanizable en la comunidad Autónoma de Andalucía en base tanto a la ausencia de asentamientos urbanísticos en el término municipal de Alcaracejos como de asentamientos que pudieran ser objeto de calificación como ámbitos de Hábitat Rural Diseminado, de acuerdo con el Informe sobre parcelaciones urbanísticas en suelo no urbanizable en Alcaracejos emitido por don Luis García de Viguera.
Segundo: Acordar la publicación del presente Acuerdo resolutorio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, como requisito necesario para poder tramitar en el Ayuntamiento de Alcaracejos procedimientos de reconocimiento de situaciones de asimilado al régimen de fuera de ordenación.
Tercero. Dar cuenta del presente Acuerdo a los Servicios Técnicos Municipales y remitir certificación del presente acuerdo a la Delegación Territorial competente en materia de urbanismo para su conocimiento y efectos oportunos.
Lo que se hace público para general conocimiento en Alcaracejos, a 8 de mayo de 2014. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Luciano Cabrera Gil.