Boletín nº 102 (28-05-2014)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 3.331/2014

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 300/2014. Negociado: IR.

Sobre: Despidos.

Demandante: Lorenzo Gálvez Raigón.

Demandados: Fogasa y Agrimonte S.A.L.

 

DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA,

HACE SABER

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 300/2014 a instancia de la parte actora don Lorenzo Gálvez Raigón contra Fogasa y Agrimonte S.A.L. sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado Resolución de fecha del tenor literal siguiente:

Parte Dispositiva

Acuerdo:

Suspender y dejar sin efecto el señalamiento acordado para el día 19 de mayo de 2014, y señalar de nuevo los mismos para el próximo día diecisiete de junio de 2014, a las once y treinta horas de su mañana, sirviendo el presente proveído de citación en forma a las partes, una vez practicada las actuaciones conforme el artículos 156 de la L.E.C., procédase a la citación de la demandada Agrimonte SAL, por medio de edictos, insertando un extracto suficiente en el Boletín Oficial correspondiente y en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados. Líbrese igualmente exhorto al Juzgado de Montemayor.

Dése cuenta a S.Sª. de la suspensión y del nuevo señalamiento.

Modo de Impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación al demandado Agrimonte S.A.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 6 de mayo de 2014. La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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