Boletín nº 113 (13-06-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Priego de Córdoba
Nº. 3.945/2014
El Ayuntamiento de Priego de Córdoba, en sesión celebrada por Pleno de fecha 29 de mayo de 2014 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Número 12. Expediente 19645/2014:
Primero. Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal número 34.
Segundo. Exponer al público el acuerdo precedente en el tablón de Edictos del Ayuntamiento, durante treinta días contados a partir del siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el BOP. En dicho plazo los interesados legítimos podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que crean oportunas; transcurrido dicho periodo sin haberse formulado reclamación alguna, el Acuerdo quedará aprobado definitivamente, procediéndose a su publicación íntegra en el BOP la cual entrarán en vigor una vez publicada.
Tercero. En el caso de no haberse producido reclamaciones durante el periodo de exposición pública, publicar en el BOP los acuerdos elevados a definitivos y el Texto Íntegro de los artículos y disposiciones de la presente Ordenanza Fiscal, la cual entrarán en vigor una vez publicada, y regirá mientras no se acuerde su modificación o derogación.
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
Priego de Córdoba a 5 de junio de 2014. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, María Luisa Ceballos Casas.