Boletín nº 192 (06-10-2014)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Puente Genil

Nº. 6.554/2014

De conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por medio del presente anuncio, que habrá de ser expuesto en la página web de este Ayuntamiento, Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Puente Genil y Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, se efectúa la notificación que a continuación se transcribe, a Livinvest Capital Group, SL, ya que anterior notificación se intentó llevar a efecto en avenida Manuel Reina, número 35, de Puente Genil, último domicilio conocido de aquella, sin que su práctica haya resultado posible.

Texto de la Notificación: Por la Sra. Concejala Delegada de Infraestructuras y Servicios Básicos (Decreto de Delegación de 22/06/2011) se ha dictado en el día de hoy la siguiente:

Resolución: Transcurrido el plazo de audiencia concedido por Providencia de la Sra. Concejala Delegada de Infraestructuras y Servicios Básicos de fecha 17/07/14, a Livinvest Capital Group, SL, en relación al estado del inmueble de su propiedad, sito en calle Angelita Martín Flores, número 27, de esta localidad, para que manifestara por escrito cuanto considerase necesario en defensa de su derecho, sin que haya presentado alegación alguna.

Visto el informe emitido por la Técnico de Gestión Ambiental, de fecha 04/09/2014, en el que se concluye que no se han llevado a cabo los trabajos necesarios para el mantenimiento de las adecuadas condiciones de salubridad según informe de dicha técnico de fecha 11/07/14.

Por el presente He Resuelto:

1º. Ordenar a Livinvest Capital Group, SL, la ejecución de los siguientes trabajos:

a) Limpieza del inmueble mediante la retirada de todas las basuras y otros restos que se encuentren en su interior, principalmente en la planta baja.

b) Retirada de enseres las basuras y otros restos existentes en el inmueble.

c) Limpieza y desbroce del solar posterior y del patio trasero.

d) Cerrar de manera efectiva puertas y ventanas para evitar la entrada o salida de roedores, palomas u otros animales plaga.

2º. Conceder a la interesada un plazo de tres días, a contar desde el día siguiente al de recibo de la notificación de la presente Resolución, para comenzar los trabajos ordenados en el punto primero, debiendo concluirlos en un plazo de dos días.

3º. Comunicar a la interesada que el presupuesto estimado inicialmente de los trabajos ordenados en el punto primero es de 1.300 € (incluidos IVA, canon de vertido en vertedero o gestor autorizado).

4º. Advertir a la interesada que transcurrido dicho plazo sin haber llevado a cabo lo ordenado en el punto 1º, se procederá a la ejecución subsidiaria por la Administración Municipal, a su cargo, en ejecución sustitutoria, con reintegro de los gastos, en su caso, por la vía de apremio, de conformidad con lo establecido en los artículos 96, 97 y 98 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 158.2b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía; o bien a la imposición de multas coercitivas con periodicidad mínima mensual, por valor máximo cada una de ellas del 10% del coste estimado de las obras ordenadas, y de no efectuarse se realizarán por la Administración Municipal, a su cargo, en ejecución sustitutoria, conforme a lo expuesto anteriormente.

Lo que notifico a Vd. para su conocimiento y efectos consiguientes, advirtiéndole que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer la interesada recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1, 2, 3, 4 o 5 de Córdoba, de conformidad con la distribución de competencias del artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, bien directamente, o interponiendo previamente y con carácter potestativo, Recurso de Reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al en que reciba la presente notificación, ante el Órgano que ha dictado la presente resolución.

El plazo para interponer el Recurso Contencioso-Administrativo será de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, si se interpone directamente, o desde el día siguiente al de la notificación del acuerdo resolutorio del Recurso de Reposición, si es expreso, si no lo fuere, el plazo será de seis meses a partir del día siguiente a aquél en que se entienda desestimado el recurso, de conformidad con el artículo 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y Ley 30/92, de 26 de noviembre.

La anterior notificación se hace pública mediante el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Puente Genil, 16 de septiembre de 2014. La Secretaria General Accidental, Fdo. Cristina Mª Rodríguez Lizana.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad