Boletín nº 199 (16-10-2014)

VI. Administración Local

Entidad Local Autónoma de Ochavillo del Río

Nº. 6.791/2014

Don Antonio Mengual Castell, Presidente de la Entidad Local Autónoma de Ochavillo del Río, hace saber:

Que la Junta Vecinal, en sesión ordinaria celebrada el 24 de septiembre de 2014, aprobó la siguiente propuesta de acuerdo, adoptándose los acuerdos que en la misma se contienen:

Mediante acuerdo adoptado por el Pleno de la Diputación Provincial de Córdoba en sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2012 se aprobó definitivamente el Plan Plurianual de Inversiones (Planes Provinciales) de la Diputación de Córdoba para el cuatrienio 2012-2015.

En virtud del referido acuerdo, se aprobó para esta Entidad la siguiente actuación con el cuadro de financiación y calendario que se indica a continuación, y además se autorizó a esta E.L.A. para la contratación de la obra:

Municipio: ELA Ochavillo del Río

Denominación: Actuación Futura Casa Consistorial de Ochavillo del Río

Bienio 2014-2015: 106.071,00

Diputación: 90.160,35

Ayuntamiento: 15.910,65

De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, corresponden a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades locales las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales, y los contratos privados cuando su importe no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

Ascendiendo el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto a la cuantía de 44.731,12 euros, resulta que el órgano competente para la contratación de la obra es la Junta Vecinal.

Asimismo, al superar el importe de la contratación la cuantía prevista para los contratos menores en el artículo 138 del Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, no cabe la adjudicación directa del contrato, sino que resulta necesario tramitar un procedimiento para la licitación de la obra.

Al tratarse de un expediente de contratación cuya competencia corresponde a la Junta Vecinal, su tramitación y aprobación requiere el cumplimiento de una serie de requisitos formales (convocatoria con la antelación legalmente prevista, celebración de la sesión, redacción del acuerdo, emisión de certificado, etc.) que sin duda retrasarían la adjudicación de la obra y, por ende, el inicio de las mismas.

Por todo lo anterior se considera conveniente, a fin de agilizar la tramitación e iniciar lo antes posible la referida obra, que la Junta Vecinal de la Entidad Local Autónoma de Ochavillo del Río delegue en el Sr. Presidente la contratación de la obra.

Por ello, se propone a la Junta Vecinal la adopción de los siguientes

Acuerdos

Primero. Delegar en el Sr. Presidente la competencia y todas las facultades que corresponden a la Junta Vecinal en la contratación de la obra Actuación Futura Casa Consistorial de Ochavillo del Río, incluida en los Planes Provinciales 2012-2015.

Segundo. La anterior delegación surtirá efectos desde el día siguiente al de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del RD 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Ochavillo del Río, a 25 de septiembre de 2014. El Presidente de la ELA, Fdo. Antonio Mengual Castell.

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