Boletín nº 199 (16-10-2014)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 6.805/2014

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 131/2014. Negociado: JP

De: Andrés Rodríguez Gómez

Contra: Cooperativa de Asistencia a la Dependencia, Sociedad Cooperativa Andaluza

 

DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA,

HACE SABER

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 469/14 (ejecución 131/14), a instancia de la parte actora don Andrés Rodríguez Gómez contra Cooperativa de Asistencia a la Dependencia SCA, se ha dictado Decreto de fecha 3.9.14 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se subsana el error advertido en el auto de fecha 11.7.2014 en el sentido de que donde dice que la cantidad a cubrir es de 22.030,62 euros debe decir que la suma a cubrir es la suma de 2.230,69 euros.

Acuerdo. No ha lugar a la continuación de la ejecución solicitada al encontrarse la ejecutada Cooperativa de Asistencia a la Dependencia SCA, en situación legal de Concurso de Acreedores (Ley 22/2003 de 9 julio), tramitada en el Juzgado Mercantil de Córdoba, autos 438/14 y dictada con fecha 6.5.14, hágase saber a la parte ejecutante que deberá personarse en el Concurso de Acreedores e incluir la cantidad reconocida por este Juzgado en la lista definitiva del concurso, procediéndose al archivo provisional de los presentes autos, previa notificación al Fondo de Garantía Salarial y a las partes, y ello verificado podrán solicitar del citado Organismo lo que proceda, si lo creen oportuno, toda vez que el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores, no solo contempla el supuesto de Insolvencia como generador de la responsabilidad del Fogasa, sino también los de Quiebra, Suspensión de Pagos y Concurso de acreedores.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, en el plazo de tres días.

Y para que sirva de notificación a la demandada Cooperativa de Asistencia a la Dependencia SCA, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 26 de septiembre de 2014. La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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