Boletín nº 203 (22-10-2014)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 6.918/2014

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 145/2014 Negociado: IR

Sobre: Reclamación de Cantidad

De: Fundación Laboral de la Construcción

Contra: Construcciones Encolumar SL

 

DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA,

HACE SABER

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1438/13 (ejecución 145/14) a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Construcciones Encolumar SL, se ha dictado Auto de fecha 13.6.14 del tenor literal siguiente:

S.Sª. Iltma. Dijo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada Construcciones Encolumar SL, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 1.321,92 euros en concepto de principal, más 79,31 euros en concepto de intereses más 132,19 euros presupuestados para costas, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. Sr. D. Antonio Jesús Rodríguez Castilla, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Construcciones Encolumar SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 1 de octubre de 2014. La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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