Boletín nº 210 (03-11-2014)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Córdoba

Nº. 7.198/2014

Juzgado de lo Social, Número 2 de Córdoba

Procedimiento: 1585/2012  Ejecución Cta. Abogado 99/2014. Negociado: FS

De: Pedro Herrera Cuevas

Contra: Laura Hernández Bermúdez 

 

En virtud de lo acordado en los autos arriba reseñados, seguidos a instancias de don Pedro Herrera Cuevas, frente a Laura Hernández Bermúdez, sobre Ejecución de títulos judiciales, se dictó Decreto del siguiente tenor literal:

Decreto Número 251/2014

En Córdoba, a tres de julio de dos mil catorce.

Hechos

Primero. Por el Letrado don Pedro Herrera Cuevas se presentó escrito al que acompañaba minuta detallada de sus honorarios devengados por su intervención profesional en nombre de doña Laura Hernández Bermúdez, en los autos  de este Juzgado de Discapacidad número 1585/2012, en reclamación de la cantidad de 482,79 €.

Segundo. Se ha requerido de pago por término de diez días al deudor, sin que conste que haya hecho pago de la minuta, ni la haya impugnado.

Razonamientos Jurídicos

Único. De acuerdo con el artículo 35. y 3 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, los abogados podrán reclamar frente a la parte a la que defiendan el pago de los honorarios que hubieren devengado en el asunto, presentando minuta detallada y manifestando formalmente que esos honorarios le son debidos y no han sido satisfechos; y si el deudor de los honorarios no formulare oposición dentro del plazo establecido, se despachará ejecución por la cantidad a que ascienda la minuta, mas las costas.

Parte Dispositiva

Se decreta firme la cantidad que la demandada doña Laura Hernández Bermúdez ha de pagar al Letrado don Pedro Herrera Cuevas en la suma de 482,79 euros.

Se da por terminada la presente pieza separada, haciendo saber a la parte  actora, que la presente resolución tiene fuerza ejecutiva, ejecución que habrá de ser solicitada por la parte. Y haciéndose saber que contra la misma no cabe recurso.          

Así por este Decreto, lo acuerdo, mando y firma doña Victoria Alicia Alférez de la Rosa, Secretaria Judicial del Juzgado  de lo Social Número 2 de Córdoba. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a doña Laura Hernández Bermúdez, se expide la presente cédula de notificación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En Córdoba, a 3 de octubre de 2014. El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible.

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