Boletín nº 210 (03-11-2014)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 7.342/2014

Con fecha 20 de octubre de 2014, se ha suscrito por el Patronato Provincial de Turismo de Córdoba y por la Excma. Diputación Provincial el siguiente:

INSTRUMENTO DE FORMALIZACIÓN DE LAS FUNCIONES A REALIZAR POR LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA EN EL PROCEDIMIENTO SELECTIVO DE PERSONAL LABORAL DEL PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO DE CÓRDOBA

En Córdoba a, 20 de octubre de 2014.

Mediante el presente se procede a la formalización del instrumento regulador de las funciones a realizar por la Diputación Provincial de Córdoba en el procedimiento selectivo de personal laboral del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba, según Bases aprobadas mediante Decreto de 31 de julio de 2014.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento del Servicio Jurídico de la Diputación Provincial, ésta podrá prestar asistencia no solamente a los municipios, sino también a su propia administración institucional. En muchos casos, razones de eficacia y carencia de medios personales y técnicos suficientes, hacen aconsejable atribuir a la Institución Provincial el desarrollo de determinadas actuaciones en razón a su complejidad técnico-jurídica. La formación y la selección del personal constituye uno de los ámbitos de referencia y, en este sentido, se considera necesario ofrecer los medios personales y técnicos del Servicio de Recursos Humanos de la Corporación para el adecuado desarrollo del proceso selectivo derivado de Oferta de Empleo Público Acumulada del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 143, de 25 de julio de 2014, así como bases aprobadas por Decreto de 31 del mismo mes de julio.

Las funciones a desempeñar por la Institución Provincial serán las siguientes:

a) Recepción de solicitudes de participación en el proceso selectivo.

b) Propuesta de resolución por la que se declaren aprobadas las listas de admitidos y excluidos y se señalen lugar y fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

c) Propuesta de designación de miembros que han de formar parte de los Tribunales Calificadores u órganos de selección.

d) Gestión de la operatividad necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

e) Recepción de los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

f) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso selectivo cuya gestión se encomienda siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia, ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Se requerirá resolución o acuerdo del órgano que corresponda del Patronato Provincial de Turismo para la aprobación de la lista de admitidos y excluidos, designación del Tribunal Calificador a propuesta de la entidad encomendada, resolución de recursos y/o reclamaciones, sin perjuicio de las propuestas que a tal efecto se efectúen por la entidad encomendada o por los órganos de selección, y por último, resolución de nombramiento o contratación correspondiente. En definitiva es responsabilidad del Patronato provincial de Turismo, dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda.

El plazo de vigencia del presente instrumento regulador será desde la fecha de publicación del mismo en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba hasta la finalización de los procedimientos selectivos de referencia. Sin perjuicio de lo anterior podrá extinguirse, además de por el cumplimiento de su período de vigencia, por mutuo acuerdo, por concurrencia de circunstancias que hagan imposible o innecesaria la realización de las actuaciones encomendadas, así como por incumplimiento grave de las condiciones establecidas en el presente Instrumento.

En prueba de conformidad y para que surta los efectos oportunos, se suscribe el presente en Córdoba a 20 de octubre de 2014.

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en artículo 15 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, para conocimiento general.

Córdoba, a 23 de octubre de 2014. Firmado electrónicamente por la Presidenta de la Diputación de Córdoba, María Luisa Ceballos Casas.

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