Boletín nº 214 (07-11-2014)

VII. Administración de Justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sevilla

Nº. 7.290/2014

Sección Tercera Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con Sede en Sevilla

Procedimiento: Procedimiento Ordinario número 57/2013. Negociado: 7

De: France Telecom España SAU

Representante: Antonio Candil del Olmo

Contra: Ayuntamiento de Lucena

 

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO,

HACE SABER:

Que en el Recurso Contencioso-Administrativo número 57/2013, promovido por France Telecom España SAU, contra Ordenanza Fiscal del Ayuntamiento de Lucena reguladora de la "Tasa por ocupaciones del suelo, subsuelo y vuelo sobre el dominio público municipal". En el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 248 de 31/12/12, se ha dictado por Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla Sentencia en 30/06/14, que ha alcanzado el carácter de firme y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que debemos estimar y estimamos el Recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por la entidad France Telecom España SAU, contra la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del Dominio Público local a favor de las empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Lucena de 30 de octubre de 2012 (Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 248, de 31 de diciembre de 2013), ordenando la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del fallo de esta Sentencia una vez adquiera la misma firmeza. Sin costas.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe preparar el Recurso de Casación ante esta Sala en el plazo de los diez días siguientes a su notificación, debiendo acompañar al escrito de preparación del recurso, para su admisión a trámite, justificante de haber ingresado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Sección la cantidad de cincuenta euros.

Así por esta nuestra Sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.

En Sevilla, a 15 de octubre de 2014. La Secretario Judicial, Fdo. María López Luna.

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