Boletín nº 220 (14-11-2014)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 7.513/2014

Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba

Procedimiento: Social Ordinario 613/2013. Negociado: CV

Sobre: Reclamación de Cantidad

De: Luis Maqueda Lucena

Contra: Fogasa y Moriles 47 SL

 

DON JUAN CARLOS SANJURJO ROMERO, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LOSOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 613/2013, a instancia de la parte actora don Luis Maqueda Lucena contra Fogasa y Moriles 47 SL, sobre Social Ordinario, se ha dictado Sentencia de fecha 11-9-14 que contiene el siguiente Fallo:

"Estimando la demanda interpuesta por don Luis Maqueda Lucena contra la empresa Moriles 47, SL, condeno a la demandada al pago al actor de la cantidad de 3.027,20 €, cantidad que debe incrementarse con el 10% de interés por mora, lo que asciende a un total de 3.329,92 €.

Y las costas en los términos indicados en el FD cuarto de esta resolución.

Incorpórese la presente Sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, debiendo anunciarlo en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia.

Así por esta mi Sentencia, escrita y dictada en la ciudad de Córdoba en la fecha indicada en el encabezamiento, lo acuerdo, mando y firmo, juzgando la presente causa en primera instancia".

Y para que sirva de notificación a la demandada Moriles 47 SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 27 de octubre de 2014. El Secretario Judicial, firma ilegible.

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