Boletín nº 222 (18-11-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Cardeña
Nº. 7.630/2014
El Pleno del Ayuntamiento de Cardeña, en sesión celebrada el día 29 de octubre de 2014, adoptó los siguientes acuerdos por cinco votos a favor, unanimidad de los miembros presentes de la Corporación, lo que se hace público para general conocimiento mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia:
Primero. Declarar la innecesariedad de formular y tramitar Avance de Planeamiento a que se refiere el artículo 4.2 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de edificaciones y asentamientos existentes en Suelo No Urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía, por no existir en el término municipal de Cardeña asentamientos urbanísticos ni asentamientos que puedan ser objeto de calificación como ámbitos de Hábitat Rural Diseminado, considerando que las construcciones existentes en suelo no urbanizable del término municipal de Cardeña se identifican como edificaciones aisladas, a los efectos de las determinaciones que se contienen en el citado Decreto 2/2012, de 10 de enero.
Segundo. Dar traslado de este acuerdo a la Consejería competente en materia de urbanismo para su conocimiento y efectos oportunos.
Cardeña, a 30 de octubre de 2014. La Alcaldesa, Fdo. María Trinidad Moreno Moreno.